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Documento BORME-C-2008-152007

AMBIENTAL, S. L. (Sociedad parcialmente escindida) AMBIENTAL ECOPATRIMONIO, S. L. U. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 24676 a 24676 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-152007

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

De conformidad con lo establecido en el articulo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicable por remisión, se comunica que la Junta General Universal de Ambiental, S.L. y el Socio Único de Ambiental Ecopatrimonio, S. L. U., aprobaron por unanimidad respectivamente, con fecha 30 de junio de 2008 la escisión parcial de Ambiental, S. L., sin liquidación, consistente en la segregación de parte de su patrimonio que forma una unidad económica, a favor de Ambiental Ecopatrimonio, S. L. U., quien adquirirá por sucesión, todos los derechos y obligaciones del patrimonio segregado, sobre la base de los balances de 31 de diciembre de 2008 en el caso de Ambiental, y de 30 de marzo de 2008 en el caso de Ambiental Ecopatrimonio, S. L. U., aprobados asimismo por la Junta General y el Socio Único, respectivamente. La escisión tendrá efectos contables desde el día del otorgamiento de la escritura de escisión. La escisión parcial ha sido acordada conforme al proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Murcia con fecha 26 de junio de 2008, el cual fue también aprobado por unanimidad por la Junta General y el Socio Único de ambas mercantiles, respectivamente. Como consecuencia de la escisión, la Junta General de Ambiental, S. L., acordó por unanimidad la reducción del capital social de ésta en la cifra de 1.503 euros mediante la amortizacion de 50 participaciones sociales y la posterior ampliación de capital en el mismo importe mediante la asunción de 50 nuevas participaciones sociales con cargo a reservas libres de la sociedad.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y balances de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de escisión y en los términos establecidos en los artículos 166, 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Murcia, 1 de agosto de 2008.-El Administrador Único de las sociedades escindida y beneficiaria de la escisión, Herminio Picazo Cordoba.-49.343. 1.ª 11-8-2008

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