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Documento BORME-C-2008-146025

CORPORACIÓN DE MEDIOS DE MURCIA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 23692 a 23692 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-146025

TEXTO

Cambio de denominación y modificación del objeto social

De conformidad con lo establecido en el artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que la Junta general ordinaria de accionistas de la sociedad de 23 de junio de 2008, ha decidido cambiar la denominación social y modificar el objeto social de esta entidad y en consecuencia los artículos 1.º y 2.º de sus Estatutos sociales, que en lo sucesivo será el siguiente:

«Artículo 1.º.-Denominación y Domicilio: La Sociedad se denominará "La Verdad Multimedia, S.A." y se regirá por los presentes estatutos y en lo que en ellos no se halle previsto, por la Ley de Sociedades Anónimas y demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

La sociedad tiene su domicilio en Camino Viejo de Monteagudo s/n Murcia. El Consejo de Administración queda facultado para decidir la creación, supresión o traslado de sucursal, agencia o representaciones. Igualmente el Consejo de Administración podrá trasladar el domicilio social dentro de la propia localidad.» «Artículo 2.º.-Objeto social: La sociedad tiene por objeto:

a) La edición, impresión, distribución y venta de publicaciones de cualquier naturaleza, y la explotación de talleres de imprimir, y en general, cualquier otra actividad relacionada con la industria editorial y de artes gráficas.

b) La explotación de emisoras de radio, televisión y cualesquiera otras instalaciones para la emisión, producción, edición, distribución de discos, casetes, cintas magnetofónicas, películas, programas y cualesquiera otros aparatos o medios de comunicación de cualquier tipo. c) la explotación y comercialización de contenidos informativos, literarios de opinión y de cualquier otra naturaleza, por cualquier medio o modalidad de difusión y explotación, en particular por internet, por medios propios o mediante su cesión a terceros, en cualquier lugar del mundo. d) La edición electrónica de publicaciones unitarias, periódicas o no, así como la edición electrónica de servicios de información general, cultural, deportiva, artística, de ocio o de cualquier otra naturaleza. e) Realización de proyectos de internet, editoriales, de artes gráficas o cualquier otra naturaleza, así como la creación y venta de páginas web. f) La venta de publicidad, de artículos por Internet y de información de cualquier otro tipo. g) El comercio electrónico. h) La gestión y/o coordinación comercial, publicitaria y de promoción, en su más amplio concepto, entendiéndose como tales, la gestión, planificación, comercialización, asesoramiento, prestación y realización de toda clase de servicios relacionados con la publicidad, marketing, promociones, imagen y relaciones públicas en general, de todos los medios de difusión y soportes publicitarios que existen en la actualidad, tales como prensa, radio, televisión e internet, y de cualesquiera otro que puedan ser desarrollados en el futuro. i) La realización de los estudios de mercado necesarios para una adecuada planificación y seguimiento de la actividad comercial y promocional. j) La venta a agencias de publicidad y a cualesquiera otros terceros de espacios publicitarios en los diversos medios de difusión y comunicación. k) El establecimiento, utilización y explotación de emisoras de televisión. l) El establecimiento, utilización y explotación de emisoras de radio. m) La promoción, elaboración y distribución de toda clase de producciones audiovisuales con destino a su comercialización y difusión pública y privada. n) La cesión y/o comercialización de informaciones, noticias, colaboraciones, programas y espacios televisivos o radiofónicos de cualquier tipo. o) La prestación del servicio público de televisión local o autonómica, mediante el empleo de cualquier tecnología idónea, ya sea analógica, digital u otra distinta, y en concreto la prestación, en régimen de gestión indirecta, del servicio público de televisión digital local o autonómica por ondas terrestres, previas las autorizaciones, licencias o concesiones administrativas que, en su caso, fueran necesarias, y con observancia de las incompatibilidades legalmente establecidas. p) Cuantas operaciones sean preparatorias, auxiliares o complementarias de las que constituye su objeto social. q) Arrendamientos de bienes inmuebles.

Quedan excluidas expresamente todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta sociedad.

Las actividades enumeradas podrán ser desarrolladas por la sociedad, total o parcialmente, de modo directo o indirecto, incluso mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo».

Murcia, 23 de junio de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración.-48.788.

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