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Documento BORME-C-2008-140156

TRAMVIA METROPOLIT DEL BESÒS, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 22819 a 22820 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-140156

TEXTO

Reducción de capital

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de esta Sociedad, en su reunión de 17 de julio de 2008, adoptó el acuerdo de reducir el Capital Social, en la cantidad de nueve millones cuatrocientos ochenta mil (9.480.000) euros, mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones en las que se divide el capital de la Compañía, con la finalidad de devolver aportaciones a todos los accionistas de la Sociedad, en función de su porcentaje de participación en la misma. La cantidad a entregar a los accionistas será de siete euros con noventa céntimos de euro (7,90) por acción, que será asimismo el importe de la disminución del valor nominal de todas y cada una de las acciones en las que se divide el capital social de la Compañía. . Tras la reducción de capital acordada, el valor nominal de cada acción pasará a ser de diecisiete euros con diez céntimos de euro (17,10). Como consecuencia de la mencionada reducción, el capital social se fija en la cifra veinte millones quinientos veinte mil (20.520.000) euros, dividido en 1.200.000 acciones nominativas, que se encuentran, totalmente suscritas y desembolsadas, todas ellas de diecisiete euros con diez céntimos de euro (17,10) de valor nominal cada una de ellas. En consecuencia, se procede a modificar el artículo 8.º de los Estatutos Sociales, que en lo sucesivo tendrá el siguiente tenor literal:

«Artículo 8.º Capital.

El capital social es 20.520.000 euros. Está dividido en 1.200.000 acciones, de 17,10 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 1 a la 1.200.000, ambas inclusive. Las acciones son nominativas, están representadas por títulos y se prevé la emisión de títulos múltiples. Todas y cada una de las acciones, y consecuentemente el capital social, están completamente suscritas y desembolsadas. Cada acción da derecho a un voto.». La reducción de capital acordada deberá ejecutarse una vez transcurrido el plazo de un mes de oposición de los acreedores previsto en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de reducción, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona., 17 de julio de 2008.-El Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Francisco Franch Romaní.-46.328.

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