Contido non dispoñible en galego
Anuncio de acuerdo de fusión por absorción simplificada
A los efectos de lo prevenido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se anuncia que la Junta General de Socios de la Compañía «Barcel Euro Inversiones, Sociedad Limitada» (Sociedad absorbente) celebrada en fecha 18 de junio de 2008, y el accionista único de «Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima Unipersona» (Sociedad absorbida), ejerciendo las competencias propias de la Junta General de Accionistas, al amparo de lo establecido en el artículo 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada por remisión del artículo 311 de la Ley de Sociedades Anónimas, en decisión adoptada el 18 de junio de 2008, acordaron aprobar la fusión por absorción simplificada de la sociedad totalmente participada con disolución y extinción sin liquidación de la absorbida y con transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida. La fusión se acordó conforme al proyecto de fusión elaborado por los Órganos de Administración de ambas compañías que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid en fecha 26 de mayo de 2008, cuyos términos esenciales son los siguientes:
La fusión se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas por tratarse de una absorción de una Sociedad íntegramente participada, no procediendo ampliar el capital social de la Sociedad absorbente, ni elaboración del informe de los Administradores sobre la fusión ni tampoco efectuar ningún canje, quedando las acciones de la compañía absorbida, con el otorgamiento de la correspondiente escritura pública de fusión, totalmente amortizadas. Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2007, y las operaciones de la absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente desde el 1 de enero de 2008. No se otorga ni en el seno de la sociedad absorbente ni en el de la sociedad absorbida, acciones de clases especiales o titulares de derechos especiales distintos de las acciones. Tampoco los miembros del Consejo de Administración de la sociedad absorbente ni los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad absorbida no van a atribuirse ni reservarse ninguna clase de ventaja, derecho especial o retribución extraordinaria como consecuencia de la fusión.
Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que corresponde a los socios, accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que intervienen en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de fechas 31 de diciembre de 2007, los cuales se encuentran a disposición de los socios y acreedores de cada una de las sociedades que intervienen en la fusión, en el domicilio social de ambas compañías. Y, en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que intervienen en la fusión, de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación del anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 11 de julio de 2008.-El Secretario de «Barcel Euro Inversiones, Sociedad Limitada» e «Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima Unipersonal», «BCN Godia, Sociedad Limitada», Don Xavier Amat Badrinas.-45.718. 1.ª 21-7-2008
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