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Documento BORME-C-2008-136082

MOËT HENNESSY ESPAÑA, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) BODEGA NUMANTHIA TERMES, S. L. Sociedad unipersonal VIÑEDOS VEGA DE TORO, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 22218 a 22219 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-136082

TEXTO

Acuerdo de fusión

A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se anuncia que el Socio Único de las Sociedades Moët Hennessy España, S.A., Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbente), Bodega Numanthia Termes, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbida) y Viñedos Vega de Toro, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbida), respectivamente, en fecha 30 de junio 2.008, decidieron aprobar la fusión de las sociedades en base al Proyecto de Fusión de fecha 28 de abril de 2.008 y los respectivos Balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2.007, mediante la absorción de Bodega Numanthia Termes, S.L., Sociedad Unipersonal y Viñedos Vega de Toro, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedades absorbidas que se extinguen por motivo de la fusión) por parte de Moët Hennessy España, S.A., Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbente). Asimismo se ha procedido a la ampliación del objeto social que en adelante tendrá como redacción la siguiente:

Artículo 2.-Constituye el objeto de la Sociedad; 1. La elaboración, transformación, crianza y comercialización de vinos, cavas y otros vinos espumosos, comprendiendo todas las operaciones agrícolas, industriales, comerciales, mobiliarias e inmobiliarias que tengan relación con dicho objeto.

2. La importación, exportación, comercialización y distribución de toda clase de bebidas, licores y productos alimenticios en general y cualquier otra actividad relacionada conexa o subordinada con tal objeto social. 3. La explotación de patentes, marcas y demás derechos de propiedad intelectual e industrial, relacionados directamente con los artículos antes expresados. 4. La administración, explotación, dirección y financiación, preparación, transformación, bonificación o mejora de fincas rústicas. 5. La compra y venta de toda clase de bienes inmuebles.

Tales operaciones podrán ser realizadas por la Sociedad, ya directamente, ya indirectamente, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades de objeto análogo o mediante cualesquiera otras formas admitidas en derecho.

Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta sociedad.

En base al mismo artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar que los acreedores y accionistas tienen derecho a obtener el Texto íntegro del acuerdo adoptado y los respectivos Balances de fusión. Asimismo, en base al artículo 243 de la misma Ley, se informa que a los acreedores les asiste el derecho de oposición a la fusión, que deberán ejercer, en su caso, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de la Junta General.

En Barcelona, 30 de junio de 2008.-El Secretario Consejero, Ramiro Otaño, Moët Hennessy España, S.A., Sociedad Unipersonal, Secretario no Consejero, Rodolphe de Leusse de Syon, Bodega Numanthia Termes, S.L., Sociedad Unipersonal y Administrador, Javier Ybargüengoitia Millet, Viñedos Vega de Toro, S.L., Sociedad Unipersonal.-44.860. y 3.ª 17-7-2008

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