A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los respectivos socios de las sociedades «CP Faro Textil, Sociedad Limitada», y «Faro Baby Kids, Sociedad Limitita» Sociedad Unipersonal, acordaron por unanimidad, el día 30 de junio de 2008 en sendas Juntas generales universales la fusión de «CP Faro Textil, Sociedad Limitada», mediante la absorción de «Faro Baby Kids, Sociedad Limitada» Sociedad Unipersonal, con la consecuente extinción de esta última, en los términos recogidos en el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Se hace constar el derecho que asiste a socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 8 de julio de 2008.-Las Administradoras solidarias de ambas sociedades, Gema y Pilar Pinilla Costa.-44.846. y 3.ª 17-7-2008
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