En fecha 26 de junio de 2008, la Junta General de socios de «Cepillería Aker, Sociedad Limitada», acordó la modificación del artículo 6.º de sus Estatutos sociales relativo al régimen de transmisión de participaciones sociales.
Se hace constar el derecho que asiste a todos los socios que no votaron a favor del referido acuerdo a separarse de la sociedad, en los términos recogidos en los artículos 95 y siguientes de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación del presente anuncio en el Borme.
Tolosa, 30 de junio de 2008.-El Administrador único de «Cepillería Aker, Sociedad Limitada», José Luis Irastorza Beloqui.-43.554.
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