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Documento BORME-C-2008-130018

BARTOLOMÉ 5, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida) MOLLERUSSA SERVICIOS INMOBILIARIOS, SOCIEDAD LIMITADA TAULAT SERVICIOS INMOBILIARIOS, SOCIEDAD LIMITADA CAPELLADES PROMOBUILDING, SOCIEDAD LIMITADA BINIAMBIT, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedades beneficiarias de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 21364 a 21364 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-130018

TEXTO

Anuncio de escisión total

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de Bartolomé 5, Sociedad Limitada, celebrada el día 30 de junio de 2008, ha aprobado, por unanimidad, la escisión total de Bartolomé 5, Sociedad Limitada, mediante la segregación de todo su patrimonio en cuatro bloques, cada uno de los cuales se traspasa en bloque a cada una de las cuatro sociedades limitadas de nueva creación que se denominarán Mollerussa Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada, Taulat Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada, Capellades Promobuilding, Sociedad Limitada y Biniambit, Sociedad Limitada, con aprobación del balance de escisión. Las sociedades beneficiarias adquirirán por sucesión, todos los derechos y obligaciones integrantes de los patrimonios segregados, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el Administrador único de Bartolomé 5, Sociedad Limitada, en fecha 19 de junio de 2008. A tal efecto se informa que en la escisión total se ha tomado como Balance de Escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2007, y teniendo la escisión efectos contables desde el día 1 de enero de 2008. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de Bartolomé 5, Sociedad Limitada, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión de Bartolomé 5, Sociedad Limitada, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad escindida. Los acreedores pueden oponerse a la escisión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de la sociedad escindida todos los documentos e información a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Sant Cugat del Vallès (Barcelona), 3 de julio de 2008.-El Administrador único de Bartolomé 5, Sociedad Limitada, Santiago Vila Danés.-43.710. 2.ª 8-7-2008

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