De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar que la Junta General Universal de la sociedad escindida celebrada el día 29 de junio de 2008, ha acordado, por unanimidad, la escisión parcial de la sociedad a favor de una sociedad de nueva creación denominada «Rombocar Motilla, Sociedad limitada». La entidad «Joaquín López Moreno, Sociedad Limitada» escinde parte del patrimonio que forma una unidad económica, con la subsistencia de la sociedad escindida que no se extingue, de acuerdo con el balance de escisión cerrado el día 31 de marzo de 2008, y con el Proyecto de Escisión, firmado por el Administrador, que ha sido depositado en el Registro Mercantil. Los socios y acreedores podrán obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión.
Los acreedores de la sociedad interviniente podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión.
Motilla del Palancar, 30 de junio de 2008.-El Administrador Único, Germán López Campillos.-43.555.
1.ª 8-7-2008
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