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Por acuerdo de la Junta general extraordinaria de catorce de junio de dos mil ocho, se acordó el cambio del objeto social que queda como sigue:
Artículo 2.-La sociedad tiene por objeto: a) El estudio y diagnóstico por métodos físicos, de las enfermedades de la mujer.
b) La prestación de los anteriores servicios a personas físicas y jurídicas, ya sean éstas, entidades públicas o privadas. c) Acudir a la contratación públicas de dichos servicios, con entidades públicas de ámbito estatal, regional, provincial y local y de las Comunidades Autónomas.
Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de alguna de las actividades comprendidas en el objeto social, algún título profesional o autorización administrativa, o inscripción en los Registros Públicos o Colegios Profesionales, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente dicha titulación profesional, y en su caso no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos.
Madrid, 14 de junio de 2008.-El Administrador único, Miguel Gutiérrez Acosta.-43.345.
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