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En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por acuerdo de los accionistas únicos de las sociedades «Invercaixa Gestión, Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión colectiva, Sociedad Anónima Unipersonal» (en adelante «Invercaixa») y «La Caixa Gestión de Activos, Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva, Sociedad Anónima Unipersonal» (en adelante «La Caixa Gestión») adoptados ambos el 30 de junio de 2008, ha sido aprobada la fusión por absorción de «La Caixa Gestión» por parte de «Invercaixa» con disolución sin liquidación de la primera y el traspaso en bloque a la última de su patrimonio social a título de sucesión universal, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna. La fusión se ha acordado en los términos del proyecto de fusión redactado por los Administradores de dichas entidades, tomando como base los Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2007. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los representantes de los trabajadores a examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, y a los acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados por los accionistas únicos de ambas sociedades y de los Balances de fusión que han servido de base para la operación.
Durante el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del acuerdo, los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona / Madrid, 1 de julio de 2008.-Adolfo Feijoo Rey y Marta Olavarría García-Perrote, Secretarios de los Consejos de Administración de Invercaixa Gestión, Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva, S.A. Unipersonal y La Caixa Gestión de Activos, Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva, S.A. Unipersonal, respectivamente.-42.904. 1.ª 2-7-2008
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