Desembolso parcial de dividendos pasivos
El Consejo de Administración de Lazora II, Sociedad Anónima (la Sociedad), en su reunión de fecha 19 de junio de 2008, en uso de las facultades conferidas al mismo por el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, acordó por unanimidad solicitar a los Señores accionistas titulares de las acciones numeradas de la 60.103 a la 300.000.000, ambas inclusive, desembolsadas actualmente en un 25%, el desembolso en metálico de 44.990.984,70 euros (0,15 euros por acción), importe correspondiente al 15% del capital suscrito por dichos accionistas, en concepto de dividendos pasivos pendientes. El desembolso debe realizarse mediante transferencia bancaria a cualquiera de las cuentas corrientes que la Sociedad tiene abiertas en las siguientes entidades:
Entidad: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
Número de Cuenta: 0182-2458-16-0201587093;. Entidad: Banco Sabadell Atlántico. Número de Cuenta: 0081-5760-31-0001291831;. Entidad: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, Caja Madrid. Número de Cuenta: 2038 1167 81 6000637709;. Entidad: Caja de Ahorros del Mediterráneo. Número de Cuenta: 2090-5571-59-0040040703;. Entidad: Banco Bilbao Bizkaia Kutxa. Número de Cuenta: 2095-0462-40-9108648458; y. Entidad: Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera, Unicaja. Número de Cuenta: 2103-0501-14-0030018323, Indicando como concepto el desembolso parcial de dividendos pasivos pendientes.
El desembolso debe realizarse por los accionistas titulares de dichas acciones dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la notificación dirigida a cada accionista en la que se exija dicho desembolso, de conformidad con el artículo 5.º de los Estatutos Sociales.
Madrid, 23 de junio de 2008.-Miguel Klingenberg Calvo, Secretario del Consejo de Administración Lazora II, Sociedad Anónima.-41.828.
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