Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BORME-C-2008-106100

STONEX, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) PRO-LIGHT, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 106, páginas 17829 a 17829 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-106100

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de Stonex, S. L., Sociedad Unipersonal («Stonex») y Pro-Light, S. A., Sociedad Unipersonal («Pro-Light») han decidido el día 26 de mayo de 2008 aprobar la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de Pro-Light por Stonex, con extinción de Pro-Light y transmisión en bloque de su patrimonio a Stonex, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Las decisiones de fusión han sido adoptadas sobre la base de los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2007 y de conformidad con el proyecto de fusión formulado y suscrito por los administradores de dichas sociedades con fecha 5 de mayo de 2008 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 26 de mayo de 2008. Se hace constar que, conforme a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, Stonex no ampliará su capital social como consecuencia de la fusión ni la misma dará lugar a canje de participaciones alguno, al estar Pro-Light íntegramente participada por Stonex. La fecha a partir de la cual las operaciones de Pro-Light se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de Stonex es el 1 de enero de 2008. No se establecerán derechos especiales en Stonex ni se modificarán sus estatutos sociales como consecuencia de la fusión. Tampoco se atribuirá ninguna clase de ventajas en Stonex a los administradores de ninguna de las sociedades participantes en la fusión, ni a favor de terceras personas.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de Stonex y Pro-Light de obtener el texto integro de las decisiones de fusión y de los balances de fusión, así como de oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de las decisiones de fusión.

Madrid, 26 de mayo de 2008.-Eduardo Baeza Pérez-Fontán, Secretario del Consejo de Administración. Stonex, S. L., Sociedad Unipersonal. Pro-Light, S. A., Sociedad Unipersonal.-37.388. 2.ª 5-6-2008

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid