De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los socios únicos de Stonex, S. L., Sociedad Unipersonal («Stonex») y Pro-Light, S. A., Sociedad Unipersonal («Pro-Light») han decidido el día 26 de mayo de 2008 aprobar la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de Pro-Light por Stonex, con extinción de Pro-Light y transmisión en bloque de su patrimonio a Stonex, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. Las decisiones de fusión han sido adoptadas sobre la base de los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2007 y de conformidad con el proyecto de fusión formulado y suscrito por los administradores de dichas sociedades con fecha 5 de mayo de 2008 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 26 de mayo de 2008. Se hace constar que, conforme a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, Stonex no ampliará su capital social como consecuencia de la fusión ni la misma dará lugar a canje de participaciones alguno, al estar Pro-Light íntegramente participada por Stonex. La fecha a partir de la cual las operaciones de Pro-Light se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de Stonex es el 1 de enero de 2008. No se establecerán derechos especiales en Stonex ni se modificarán sus estatutos sociales como consecuencia de la fusión. Tampoco se atribuirá ninguna clase de ventajas en Stonex a los administradores de ninguna de las sociedades participantes en la fusión, ni a favor de terceras personas.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de Stonex y Pro-Light de obtener el texto integro de las decisiones de fusión y de los balances de fusión, así como de oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de las decisiones de fusión.
Madrid, 26 de mayo de 2008.-Eduardo Baeza Pérez-Fontán, Secretario del Consejo de Administración. Stonex, S. L., Sociedad Unipersonal. Pro-Light, S. A., Sociedad Unipersonal.-37.388. 2.ª 5-6-2008
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