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Documento BORME-C-2008-105114

NATURAL ELECTRIC, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 105, páginas 17661 a 17662 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-105114

TEXTO

Se comunica a los señores accionistas de esta sociedad que en la Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad, celebrada el día 15 de abril de 2008, en primera convocatoria, se aprobó por unanimidad una ampliación de capital social que deberá ser ejecutada por el Consejo de Administración en el plazo de un año a contar desde la fecha de la celebración de dicha Junta, con las siguientes características: La ampliación de capital social se realizará por un importe nominal de 10.000.000 euros, mediante la emisión a la par y puesta en circulación de 100.000 nuevas acciones ordinarias al portador enumeradas de la 50.001 a la 150.000, ambas inclusive, de 100 euros de valor nominal cada una, con los mismos derechos y obligaciones que las existentes, con cargo a nuevas aportaciones dinerarias, y con posibilidad de suscripción incompleta, delegando en el Consejo de Administración las siguientes facultades:

Señalar la fecha en que el acuerdo ya adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto en la cifra acordada. Se admite la ejecución fraccionada del acuerdo del aumento, realizada en diversos momentos por decisión del órgano de administración hasta alcanzar la cifra exacta del aumento. Solo será inscribible en el Registro Mercantil el acuerdo cuando la ampliación se haya ejecutado totalmente.

Fijar las condiciones de la ampliación de capital en todo lo no previsto en el acuerdo de la Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas mencionada, conforme al artículo 153.1.a) de la Ley de Sociedades Anónimas. Realizar cuantos actos y otorgar cuantos documentos públicos o privados sean necesarios para la ejecución del aumento de capital y su inscripción en el Registro Mercantil. Dar nueva redacción al artículo quinto de los estatutos sociales relativo al capital social. En caso de suscripción incompleta, decidir sobre la reducción del importe del aumento al de las suscripciones realizadas, o en su caso ofrecer las acciones sobrantes, bien a los propios accionistas suscriptores, a modo de segunda vuelta, bien a terceras personas ajenas a la sociedad.

Asimismo, se comunica que el Consejo de Administración de la sociedad, en su reunión celebrada el día 27 de mayo de 2008 aprobó por unanimidad ejecutar de una sola vez el acuerdo de ampliar el capital social adoptado el día 15 de abril de 2008 por la Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas, en los siguientes términos:

La ampliación de capital social se ejecutará por un importe nominal de 10.000.000 euros, mediante la emisión a la par y puesta en circulación de 100.000 nuevas acciones ordinarias al portador enumeradas de la 50.001 a la 150.000, ambas inclusive, de 100 euros de valor nominal cada una, con el mismo valor nominal, derechos y obligaciones que las existentes, con cargo a nuevas aportaciones dinerarias.

Las personas que tengan la condición de accionistas son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les reconoce, pudiendo suscribir dos acciones nuevas por cada acción que posean y dicho derecho podrá ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio de ejecución del acuerdo de ampliación en el BORME. En el momento de la suscripción de las nuevas acciones se efectuará el desembolso del treinta y cinco por ciento del valor nominal de cada una de ellas. El sesenta y cinco por ciento restante tendrá la consideración de dividendo pasivo que deberá desembolsarse por los titulares de las nuevas acciones antes del día 15 de abril de 2009, en la fecha, condiciones y la forma que determine el Órgano de Administración, que las anunciará mediante su publicación en el BORME. Las cantidades que cada accionista deba desembolsar como consecuencia de la ampliación, deberán hacerse efectivas mediante ingreso en la cuenta que la sociedad tiene abierta en el BSCH c.c. 0049 5176 17 2116885496. Las acciones suscritas tendrán la consideración de nominativas transitoriamente hasta que sean desembolsados íntegramente los dividendos pasivos. En caso de que transcurrido el plazo de suscripción de acciones y desembolso del treinta y cinco por ciento de su valor nominal, existan acciones que no hayan sido suscritas, el Órgano de Administración decidirá si (i) reduce del importe de la ampliación de capital al de las suscripciones realizadas, o en su caso, (ii) ofrece las acciones sobrantes, bien a los propios accionistas suscriptores, a modo de segunda vuelta, bien a terceras personas ajenas a la sociedad, informando del procedimiento para el reparto, suscripción y condiciones de desembolso de las acciones sobrantes mediante anuncio publicado en el BORME.

Se hace constar que la sociedad no ha emitido obligaciones convertibles en acciones y que el capital social previo a la ampliación está íntegramente suscrito y desembolsado.

Madrid, 28 de mayo de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración, Alejandro Bertolá Soriano.-37.377.

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