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Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas generales de las sociedades «Inmobiliaria Colonial, Sociedad Anónima», «Entrenúcleos Desarrollo Inmobiliario, Sociedad Limitada», «Dehesa de Valme, Sociedad Limitada», «Urbaplan 2001, Sociedad Anónima», Sociedad Unipersonal, «Inversiones Notenth, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, «Inversiones Tres Cantos, Sociedad Limitada», «Diagonal Les Punxes 2002, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, «Subirats-Coslada Logística, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, «Riofisa, Sociedad Anónima», Sociedad Unipersonal y «Riofisa Espacios Inmobiliarios, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, han aprobado por mayoría la primera, y por unanimidad las restantes, todas ellas con fecha 18 de diciembre de 2007, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de «Entrenúcleos Desarrollo Inmobiliario, Sociedad Limitada», «Dehesa de Valme, Sociedad Limitada», «Urbaplan 2001, Sociedad Anónima», Sociedad Unipersonal, «Inversiones Notenth, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, «Inversiones Tres Cantos, Sociedad Limitada», «Diagonal Les Punxes 2002, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, «Subirats-Coslada Logística, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, «Riofisa, Sociedad Anónima», Sociedad Unipersonal y «Riofisa Espacios Inmobiliarios, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal por parte de «Inmobiliaria Colonial, Sociedad Anónima», con la consiguiente disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas, y el traspaso en bloque de sus patrimonios a la sociedad absorbente. Se deja constancia de que, conforme a lo previsto en el artículo 250.1 de la Ley de Sociedades Anónimas, la fusión se articula como una fusión simplificada por ser la sociedad absorbente, Inmobiliaria Colonial, Sociedad Anónima, la titular, directa o indirecta, de todas las participaciones o acciones de las sociedades absorbidas.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores conforme al artículo 243 de la citada Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 166 de la misma, a oponerse a la fusión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes contado desde el último anuncio de fusión.
Barcelona, 21 de diciembre de 2007.-Consejero Delegado de «Inmobiliaria Colonial, Sociedad Anónima» y legal representante de la Administradora única de «Subirats-Coslada Logística, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, don Mariano Miguel Velasco. Consejero Delegado de «Entrenúcleos Desarrollo Inmobiliario, Sociedad Limitada» y «Dehesa de Valme, Sociedad Limitada» y Administrador único de «Urbaplan 2001, Sociedad Anónima», Sociedad Unipersonal, don Juan Ramírez Baltuille. Administrador único de «Inversiones Notenth, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal y de «Inversiones Tres Cantos, Sociedad Limitada», don Luis Manuel Portillo Muñoz. Legal representante de la Administradora única de «Diagonal Les Punxes 2002, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, doña Carmen Ganyet Cirera. Secretario del Consejo de Administración de «Riofisa, Sociedad Anónima», Sociedad Unipersonal y legal representante de la Consejera de «Riofisa Espacios Inmobiliarios, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, don Jaime Barón Rivero.-674. y 3.ª 16-1-2008
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