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Acuerdo de escisión parcial
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 254 y 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de la Sociedad «Gutreus, S.L.» celebrada el día 2 de mayo de 2008, con carácter universal, acordó la aprobación del Balance de escisión de la sociedad, de fecha 31 de marzo de 2008, así como la escisión parcial de «Gutreus, S.L.», mediante la segregación de los Activos y Pasivos que constituyen la rama de actividad agrícola de producción de naranjas, consistente a una parcela de terreno rústico, de regadío, con una extensión superficial de 10,45 hectáreas que se traspasa en bloque a la Sociedad, que simultáneamente se constituirá, cuya denominación social es «Navarro Agrícola Sur, S. L.», que a tal fin se crea y quien adquiere por sucesión, a título universal, e integra en su patrimonio, todos los derechos y obligaciones integrantes de la rama de actividad que se escinde de la primera en los términos y condiciones del proyecto de escisión, depositado en el Registro Mercantil de Sevilla, y en base al Balance de escisión aprobado, considerándose realizadas, a efectos contables, las actividades de la sociedad escindida a la que se traspasa el patrimonio desde 1 de abril de 2008.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión; así como el derecho de oposición que podrán ejercer en los términos establecidos en el art. 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Los Palacios y Villafranca - Sevilla, 2 de mayo de 2008.-Administrador solidario, D. Alonso García Sánchez.-33.748.
1.ª 26-5-2008
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