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Documento BORME-C-2008-100077

COMPLEJO SAN CRISTOBAL, S. L. (Sociedad absorbente) ESTACIÓN DE SERVICIO SANTIAGO, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 100, páginas 16812 a 16813 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-100077

TEXTO

Conforme con lo establecido en el artículo 242 de la L.S.A., se hace público que en las Juntas generales de «Complejo San Cristóbal, S.L.»y «Estación de Servicio Santiago, S.L», celebradas el día 19 de mayo de 2008, se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: Aprobar la fusión por absorción entre «Complejo San Cristóbal, S.L.» como sociedad absorbente, y, «Estación de Servicio Santiago, S.L.» como sociedad absorbida, tomando como referencia los Balances a 31 de diciembre 2007, adquiriendo «Complejo San Cristóbal, S.L.» el patrimonio de «Estación de Servicio Santiago, S.L.» cuyo Activo y Pasivo pasa globalmente a la sociedad absorbente, que los asume a título de sucesión universal. Como consecuencia de todo ello, «Estación de Servicio Santiago, S.l.» se disuelve sin liquidación, extinguiéndose su personalidad jurídica. Al ser titular «Complejo San Cristóbal, S.L.» del cien por cien de las participaciones sociales de «Estación de Servicio Santiago, S.L.» no se hace necesario ampliar el capital social de «Complejo San Cristóbal, S.L.». Las operaciones de fusión se contabilizarán el día del otorgamiento de la escritura de fusión. El proyecto de fusión fue depositado en el Registro Mercantil de Lugo el 14 de abril de 2008.

Se advierte a los señores socios y acreedores que tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión. De acuerdo con lo establecido en el artículo 243 de la L.S.A., los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la L.S.A., en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de los presentes acuerdos.

Lugo, 19 de mayo de 2008.-Jesús Luís Lence Ferreiro,Administrador único de las sociedades intervinientes.-33.379. 1.ª 26-5-2008

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