Está Vd. en

Documento BORME-C-2007-98173

ELECTRICIDAD ARBA, S. L. (Sociedad escindida) ARBA GEOFÍSICA, S. L. (Sociedad beneficiaria) INARABA INMOBILIARIA, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 17457 a 17457 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-98173

TEXTO

A los efectos previstos en los artículos 242, 243 y 245 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y demás disposiciones legales aplicables, se hace público que la Junta Extraordinaria de accionistas de Electricidad Arba, Sociedad Limitada, celebrada con carácter universal el 13 de abril de 2007, acordó por unanimidad, su escisión parcial, con división y traspaso de su patrimonio en dos bloques, a las sociedades de nueva creación Arba Geofísica, Sociedad Limitada e Inaraba Inmobiliaria, Sociedad Limitada las cuales quedarán subrogadas en los derechos y obligaciones de la sociedad escindida en la parte que les corresponde según se detalla en el proyecto de escisión. El acuerdo de escisión parcial se adoptó en base del proyecto de escisión de 13 de abril de 2007, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día de hoy y con aprobación como Balance de escisión el balance cerrado al 13 de noviembre de 2006. La escisión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2007. No se otorgarán derechos especiales a socios, ni ventajas al órgano de administración ni a demás intervinientes en la escisión y se acuerda someter la escisión al régimen especial prevista en el Título VII, capítulo VIII, del Real Decreto Legislativo 4/2004, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo y del balance de escisión.

Asimismo, al tratarse de Junta universal y, por tanto, no haberse publicado convocatoria de la misma asiste a los socios y a los representantes de los trabajadores, de haberlos, el derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere la Ley de Sociedades Anónimas. Durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, los acreedores de la sociedad que se escinde podrán oponerse a la escisión en la forma establecida por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

En Madrid, a 11 de mayo de 2007.-Administrador único, Don Rafael Baum Tarodo.-33.341.

1.ª 23-5-2007

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid