Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2007-246035

INMUEBLES Y TERRENOS DE CATALUÑA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 246, páginas 44634 a 44635 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-246035

TEXTO

Anuncio de ampliación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se informa de que con fecha 13 de diciembre de 2007, la Junta general extraordinaria de «Inmuebles y Terrenos de Cataluña, Sociedad Anónima» debidamente convocada y celebrada en segunda convocatoria, aprobó llevar a cabo una ampliación de su capital, en los siguientes términos:

Primero.-Ampliación: Ampliar el capital social de «Inmuebles y Terrenos de Cataluña, Sociedad Anónima», en la cantidad de quinientos setenta y seis mil novecientos setenta y un euros con sesenta y tres céntimos (576.971,63 euros) mediante la emisión y puesta en circulación de 16.000 acciones nominativas de 36,060727 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente desde la número 4.001 a la 20.000, ambas inclusive, totalmente desembolsadas.

Segundo.-Condiciones: La emisión se realizará de la siguiente manera y con arreglo a los siguientes plazos y condiciones:

a) Las acciones se emiten por un valor nominal de 36,060727 euros por acción.

b) El importe de las acciones deberá ser desembolsado íntegramente al contado en el momento de la suscripción mediante ingreso en la cuenta bancaria número 0128-0538-80-0507000507 que la sociedad tiene abierta en la entidad Bankinter. c) Las acciones nuevas conferirán a sus titulares, a partir de cada una de las fechas en las que el aumento se declare sucrito y desembolsado por el Consejo de Administración, los mismos derechos que las acciones de la sociedad actualmente en circulación.

Tercero.-Derecho de suscripción preferente: De acuerdo con el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se reconoce a los accionistas de la compañía el derecho a suscribir un número de las nuevas acciones proporcional al valor nominal de las que poseen. El ejercicio de este derecho se ajustará a las siguientes normas:

a) En una primera fase, la Junta aprueba ofrecer el derecho de preferente adquisición a cada accionista (no existen titulares de obligaciones convertibles) en la proporción de cuatro acciones nuevas por cada una de las antiguas y pago al contado de 144,24 euros por las cuatro acciones en el mismo momento de la suscripción. Este derecho podrá ejercerse en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de suscripción de las nueva emisión en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil». El ingreso del desembolso del nominal de las acciones que se suscriban se ingresará en la caja social al contado en el momento en que se ejecute la suscripción de acciones.

b) En una segunda fase, las acciones que no fueren suscritas dentro de la primera fase serán ofrecidas a los accionistas que hubieran suscrito íntegramente su derecho de preferente adquisición en esta primera fase para que en el plazo de quince días naturales puedan ejercer su derecho de suscribir un número de acciones igual a la participación social que les correspondiera después de la suscripción de la primera fase. Estos accionistas no podrán suscribir un número de acciones superior al que les correspondiere de acuerdo con su participación social en esta segunda fase. Al ser las acciones nominativas los accionistas podrán ejercer este derecho dentro del plazo de quince días naturales a contar desde la fecha de envío de la comunicación escrita a cada uno de los accionistas titulares del derecho. En el caso de que en la suscripción de esta segunda fase existieran accionistas que les correspondiera una parte indivisa de una acción se resolverá la adjudicación de manera que si la parte indivisa es inferior o igual al 50 por ciento se adjudicará por la acción inferior correspondiente y si es superior al 50 por ciento por la acción superior correspondiente (por ejemplo un accionista le corresponde 3,50 por ciento se le adjudican 3 acciones si le corresponde 3,51 por ciento le corresponden 4 acciones). En esta segunda ronda la comunicación para el ejercicio del derecho será efectuada por el Presidente del Consejo de Administración y los accionistas que suscriban las acciones deberán desembolsar el importe total de la suscripción al contado ingresando su importe en la caja social de la compañía en el momento de ejercitar la suscripción. c) En el caso de que no se suscribiera el aumento en su integridad y no se pudiera cubrir la cifra del capital social prevista dentro de los plazos y según las normas antes establecidas, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas, preveyéndose expresamente esta posibilidad en estas condiciones de la emisión.

Cuarto.-Suscripción incompleta: Se faculta asimismo al Consejo de Administración para declarar cerrada la ampliación al cumplirse los dos plazos de suscripción aunque esta sea incompleta, declarando ampliado el capital social en el importe suscrito y desembolsado y pudiendo dar una nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos sociales.

Barcelona, 14 de diciembre de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración, Juan Puig Pérez.-77.345.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril