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Documento BORME-C-2007-208043

FIAGA, SOCIEDAD ANÓNIMA Unipersonal (Sociedad parcialmente escindida) LA DEHESA DE JUDIEZ, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 37011 a 37011 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-208043

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el accionista único de «Fiaga, Sociedad Anónima» (sociedad unipersonal), acordó, por unanimidad, aprobar el día 30 de junio de 2007, la escisión parcial de «Fiaga, Sociedad Anónima» (sociedad unipersonal), mediante la segregación de una parte de su patrimonio a favor de la mercantil de nueva creación que se denominará «La Dehesa de Judiez, Sociedad Limitada», quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por los Administradores de «Fiaga, Sociedad Anónima» (sociedad unipersonal), depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 15 de octubre de 2007. Asimismo, se aprobó como Balance de escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2006, que ha sido debidamente auditado, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 239 de la Ley citada anteriormente. Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad «Fiaga, Sociedad Anónima» (sociedad unipersonal), reduce su capital social y sus reservas en la cantidad de 1.454.344,32 euros, cuantía equivalente al valor contable de la unidad económica objeto de la escisión, y la entidad beneficiaria será constituida con un capital social inicial de 1.000.000 euros, destinándose los restantes 454.344,32 euros a reservas.

Se hace constar expresamente, el derecho que asiste a todos los accionistas, representantes de los trabajadores y acreedores de la sociedad «Fiaga, Sociedad Anónima», unipersonal, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el Balance de escisión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en el plazo de un mes, desde la publicación del tercer anuncio de escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 22 de octubre de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración, José García-Inés Alonso.-65.480.

2.ª 29-10-2007

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