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Documento BORME-C-2007-192096

PITIUSA DE ALIMENTACIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 192, páginas 34026 a 34026 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-192096

TEXTO

Oferta de suscripción de acciones por ampliación de capital

En cumplimiento del artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General de Accionistas acordó con fecha de 28 de julio del año 2005, aumentar el capital social hasta la cantidad de doscientos cincuenta mil euros (250.000 euros) con arreglo a las siguientes condiciones:

A) El aumento de capital se efectuará mediante la emisión de hasta 1.663 nuevas acciones ordinaria, nominativas, de ciento cincuenta euros con veinticinco céntimos de euro (150,25 euros) de valor nominal cada una, numeradas, correlativamente de los números 2057 a 3719, ambos inclusive.

Se establece un derecho de adquisición preferente a favor de los actuales socios en proporción al valor nominal de las acciones que posean, que deberá ser ejercitado en el plazo que a continuación se indica. B) El plazo para llevar a cabo la suscripción de las acciones será de un mes a contar desde la publicación de la oferta de suscripción de esta nueva emisión el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Prorrogándose por un plazo de quince días, en el que tendrán derecho de suscripción los propios socios en cantidad superior a la proporción del valor de las acciones que posean en la actualidad así como terceros no socios. Si el aumento no se suscribe íntegramente en el plazo fijado, el aumento se realizará únicamente en la cantidad suscrita hasta entonces. C) Se establece que la emisión de las nuevas acciones para los socios que se incorporan a la sociedad a partir de ahora se emiten con una prima de emisión de 90,151815 euros por cada nueva acción que será íntegramente desembolsado. D) La suscripción de las acciones se hará mediante aportaciones dinerarias, debiendo desembolsarse, como mínimo en el momento de la suscripción el veinticinco por ciento de su valor nominal, ingresando su importe en la cuenta bancaria abierta a nombre de la sociedad, especificando que el desembolso se efectúa en tal concepto o mediante su entrega al órgano de administración social. El setenta y cinco por ciento restante deberá desembolsarse en el momento que indique el Órgano de Administración atendiendo a las necesidades de la sociedad.

E) Las nuevas acciones tendrán los mismos derechos que las antiguas una vez suscritas y desembolsadas íntegramente.

Santa Eulalia del Río, 17 de septiembre de 2007.-El Presidente del Consejo, don Jaime Pascual Torres y el Secretario del Consejo, don Francisco Andrade Granado.-60.098.

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