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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas Universales de Residencial Picasso, Sociedad Limitada y de Picasso Florida Parc, Sociedad Anónima Unipersonal celebradas el día 10 de julio de 2007 aprobaron la fusión de dichas Sociedades, mediante la absorción de Picasso Florida Parc, Sociedad Anónima Unipersonal por Residencial Picasso, Sociedad Limitada, con la consiguiente disolución sin liquidación de la primera, todo ello según el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona y los Balances de Fusión de ambas Sociedades cerrados al 31 de diciembre de 2006.
Se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y acreedores de las Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de ambas Sociedades a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 10 de julio de 2007.-El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Residencial Picasso, Sociedad Limitada y de Picasso Florida Parc, Sociedad Anónima Unipersonal, Jesús Arranz Monje.-54.043. y 3.ª 22-8-2007
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