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Documento BORME-C-2007-148050

HERMENEGILDO DOMÍNGUEZ Y ASOCIADOS ARQUITECTOS, S. L. (Sociedad escindida) HERMENEGILDO DOMÍNGUEZ Y ASOCIADOS, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 25478 a 25478 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-148050

TEXTO

Anuncio de escisión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la entidad «Hermenegildo Domínguez y Asociados Arquitectos, Sociedad Limitada» celebrada, en el domicilio social, el 30 de junio de 2007, aprobó, por unanimidad, la escisión parcial y segregación de parte de su patrimonio, que forma una rama de actividad, la cual se traspasará a una sociedad beneficiaria de nueva creación que se denominará «Hermenegildo Domínguez y Asociados, S.L.», correspondiendo a cada socio un número de participaciones sociales en la nueva entidad creada proporcional a la titularidad que disfrutaba en la escindida. La nueva sociedad adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido y todo ello sobre la base del Balance cerrado a 31 de diciembre de 2006 y conforme al Proyecto de Escisión depositado en el Registro Mercantil de Fuerteventura. Las operaciones de la sociedad de nueva creación, beneficiaria de la escisión, se entenderán como independientes de la sociedad escindida, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2007. No se conceden ventajas a favor de los administradores ni derechos especiales distintos de los derivados de la condición de socios. Asimismo, en la mencionada Junta, se aprobó la denominación social, el domicilio social y el órgano de Administración de la nueva entidad beneficiaria de la escisión.

Los socios y acreedores de la sociedad escindida tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social. Se hace constar, de forma expresa, el derecho de oposición que, durante un plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión asiste a los acreedores, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Tuineje, 12 de julio de 2007.-Hermenegildo Juan Domínguez Santana, Administrador único de la Sociedad escindida y de la Sociedad Beneficiaria.-50.293. y 3.ª 2-8-2007

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