Contido non dispoñible en galego
Dando cumplimiento a lo prevenido en el artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y de acuerdo con los artículos 163 y 164 del Reglamento del Registro Mercantil, se hacen públicos los acuerdos tomados por unanimidad de las acciones con derecho a voto en Junta general de 27 de junio de 2007:
Modificar la redacción del artículo 2.º de los Estatutos sociales, que en lo sucesivo quedará redactado como sigue: «Artículo 2.º Objeto social.-La sociedad tiene por objeto: La adquisición, construcción, urbanización y parcelación de bienes inmuebles para su explotación en régimen de arrendamiento no financiero o para la venta de los mismos por bloques o departamentos.
El asesoramiento, diseño, desarrollo, ejecución, dirección, seguimiento y comercialización de proyectos de arquitectura y urbanismo, tanto en obras nuevas como de rehabilitación, de diseños de interiores y exteriores y de piezas únicas o en tiradas limitadas, relacionadas con la decoración, diseño y mobiliario en general.
La comercialización al por mayor y por menor de elementos decorativos y de mobiliario, relacionados con el diseño y decoración de interiores.
Madrid, 11 de julio de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración, Javier Antonio González Gancedo y Carrillo de Albornoz.-50.767.
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