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Representación de las acciones por títulos nominativos
En cumplimiento del artículo 59 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Ordinaria de Accionistas, con fecha treinta de junio de dos mil siete, acordó el cambio en la forma de representación de las acciones de la Sociedad, que estaban representadas mediante títulos al portador, para que en adelante estén representadas por títulos nominativos, en las siguientes condiciones:
Se establece un plazo de sesenta (60) días desde la publicación de estos anuncios para que los accionistas de la Sociedad justifiquen a ésta su condición de tal y suministren o confirmen a la Sociedad, nombre y apellidos o razón social, nacionalidad, domicilio y existencia de derechos reales u otros gravámenes que afecten a sus acciones.
Se establece el mismo plazo de sesenta (60) días desde la publicación de estos anuncios para la emisión de los títulos nominativos y, en su caso, el canje por los títulos al portador existentes, momento a partir del cual quedará anulada cualquier representación distinta de las acciones que no sean los títulos nominativos. Quedarán depositados en la Sociedad los títulos representativos de las acciones hasta que los mismos sean retirados por quienes justifiquen su titularidad.
Madrid, 18 de julio de 2007.-El Presidente del Consejo de Administración, Antonio Canton Góngora.-49.006.
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