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Reducción y aumento del capital social
La Junta general extraordinaria de accionistas, celebrada el 17 de mayo de 2006, acordó reducir y a continuación aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que se indican a continuación:
1. Reducción de capital: Se acuerda reducir el capital social en la cuantía de 1.012,10 euros con la devolución de este importe a los socios que se realizará en función del porcentaje en el capital social que cada uno de ellos posea. La reducción se efectúa mediante la reducción del valor nominal de todas las acciones en el importe que se corresponde con los decimales, dejando cifrado el valor nominal de cada acción en 300 euros.
2. Aumento de capital: Se acuerda ampliar el capital social en la suma de 1.239.000 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 4.130 nuevas acciones, nominativas, de 300 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 2.001 al 6.130, ambos inclusive, con los mismos derechos y características que las preexistentes.
Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal y con una prima de emisión global de 2.258.531,80 euros, equivalente a 546,86 euros por acción.
El valor nominal de las acciones emitidas y el importe de la prima de emisión debe ser íntegramente desembolsado en el momento de la suscripción mediante aportaciones dinerarias que se deberán ingresar en esta sociedad. Los accionistas de la sociedad son titulares del derecho de suscripción preferente que podrán ejercitar en el plazo de un mes contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, teniendo derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que poseyeran con anterioridad al aumento de capital que se aprueba. Si el último día del Plazo de suscripción fuera inhábil, éste se entenderá ampliado hasta el primer día hábil siguiente. El derecho de suscripción sólo podrá acreditarse con el resguardo bancario del desembolso. En el supuesto de no ejercer todos los socios su derecho de suscripción preferente en el plazo establecido, las acciones no suscritas podrán ser ofrecidas por el órgano de administración de la sociedad y de acuerdo a su criterio, indistintamente a socios y a otras personas ajenas a la sociedad, quienes dispondrán de un nuevo plazo de siete días contados desde la finalización del anterior para realizar la suscripción y el desembolso del nominal y la prima de emisión de las acciones sobrantes.
Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el artículo 158 y 165 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 19 de mayo de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración, Antonio Enrique Vázquez Cardeñosa.-30.634.
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