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Documento BORME-C-2006-91006

AGRUPACIÓN EMPRESAS AUTOMATISMOS MONTAJES Y SERVICIOS, S. L. (Sociedad absorbente) SINFORED, S. L. U. TELECOMUNICACIONES CENTRO PENINSULAR, S. L. U. TELECOMUNICACIONES Y CONTROL DE PROCESOS, S. L. U. TEMINSSUR, S. L. U. INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES CARTAGENA, S. L. U. GESTIÓN DE SERVICIOS MACÍAS, S. L. U. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 15162 a 15163 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-91006

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242.º de la Ley de Sociedades Anónimas, por expresa remisión del artículo 28 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General Ordinaria y Universal de «Agrupación de Empresas Automatismos, Montajes y Servicios» con C.I.F número B91499152, y el Socio Único constituido en Junta General Ordinaria de «Sinfored, Sociedad Limitada Unipersonal» con C.I.F. número B41660762; «Telecomunicaciones Centro Peninsular, Sociedad Limitada Unipersonal» con C.I.F. número B81492845; «Telecomunicaciones y Control de Procesos, Sociedad Limitada Unipersonal» con C.I.F. número B36812238; «Teminssur, Sociedad Limitada Unipersonal» con C.I.F. número B41879016; «Instalaciones de Telecomunicaciones Cartagena, Sociedad Limitada Unipersonal» con C.I.F. número B30742662 y «Gestión de Servicios Macías, Sociedad Limitada Unipersonal» con C.I.F. número B91090126, celebradas todas ellas en Sevilla el día 5 de mayo de 2006, después de aprobar los Balances de Fusión cerrados a 31 de diciembre de 2005 y el Proyecto de Fusión, acordaron la Fusión por Absorción entre «Agrupación Empresas Automatismos, Montajes y Servicios, Sociedad Limitada» (Soceidad Absorbente) y «Sinfored, Sociedad Limitada Unipersonal»; «Telecomunicaciones Centro Peninsular, Sociedad Limitada Unipersonal», «Telecomunicaciones y Control de Procesos, Sociedad Limitada Unipersonal», «Teminssur, Sociedad Limitada Unipersonal», «Instalaciones de Telecomunicaciones Cartagena, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Gestión de Servicios Macías, Sociedad Limitada Unipersonal» (Sociedades Absorbidas) , mediante disolución sin liquidación de las seis sociedades absorbidas y transmisión en bloque y a título universal de sus respectivos patrimonios, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, por ser esta última socio único de las seis sociedades absorbidas. Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas, y que fue depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Sevilla, Murcia y Pontevedra, con fechas 9 de marzo de 2006, 12 de abril de 2006, 27 de abril de 2006 y 5 de abril de 2006 respectivamente. Siendo «Agrupación Empresas Automatismos, Montajes y Servicios, Sociedad Limitada» el único socio de cada una de las sociedades que van a ser absorbidas, no procederá a formalizar ampliación de capital en la Sociedad Absorbente, ni establecer procedimiento de relación de canje. Así mismo no se han acordado modificaciones estatutarias en «Agrupación Empresas Automatismos, Montajes y Servicios, Sociedad Limitada» (Sociedad absorbente) como consecuencia de la Fusión. Las operaciones de las seis sociedades que son absorbidas serán consideradas, a efectos contables, por cuenta de «Agrupación Empresas Automatismos, Montajes y Servicios, Sociedad Limitada» a partir de 1 de enero de 2006. No existen titulares de derechos especiales, ni ventajas atribuidas a los administradores de las entidades participantes en la fusión conforme a lo previsto en el Proyecto de Fusión aprobado. Las respectivas Junta Generales Ordinarias de las siete sociedades que intervienen en la fusión han acordado que esta operación de fusión por absorción se acoja a régimen tributario establecido en el Capítulo VIII del Título VII y disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004. De conformidad con lo previsto en el artículo 242.º de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 243.º de la Ley de Sociedades Anónimas.

Sevilla, 9 de mayo de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración de «Agrupación Empresas Automatismos, Montajes y Servicios, Sociedad Limitada» y Administrador Único de «Sinfored, Sociedad Limitada Unipersonal»; «Telecomunicaciones Centro Peninsular, Sociedad Limitada Unipersonal»; «Telecomunicaciones y Control de Procesos, Sociedad Limitada Unipersonal»; «Teminsssur, Sociedad Limitada Unipersonal»; «Instalaciones de Telecomunicaciones Cartagena, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Gestión de Servicios Macías, Sociedad Limitada Unipersonal», Antonio Macías Sánchez.-27.230. 1.ª 17-5-2006

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