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Documento BORME-C-2006-48006

BALNEARIO DE CALDAS DE OVIEDO, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 48, páginas 7436 a 7436 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-48006

TEXTO

Anuncio ejercicio del derecho de suscripción preferente en ampliación de capital

La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la compañía, celebrada el 17 de Febrero de 2006, acordó aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los accionistas de su derecho de suscripción preferente

Orden del día

Primero.-Aumentar el capital social de la compañía en la cifra de 1.164.677,90 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 38.758 acciones ordinarias de la clase B, nominativas, de 30,05 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 32.649 al 71.406, ambos inclusive. Segundo.-Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal. Tercero.-El valor nominal de las acciones emitidas será íntegramente desembolsado en el momento de la suscripción mediante aportaciones dinerarias. Cuarto.-Los accionistas de la compañía son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas acciones. El tipo de canje es una por una. Quinto.-Los señores accionistas pueden ejercitar su derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio de oferta de suscripción de las nuevas acciones emitidas en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Sexto.-Durante el plazo de suscripción, los accionistas pueden suscribir los títulos mediante comunicación dirigida a esta sociedad, a la que acompañará certificación o resguardo acreditativo del ingreso del 100% del valor nominal de las acciones objeto de suscripción, en la cuenta corriente que Balneario de Caldas de Oviedo, S. A, mantiene en la entidad financiera Banco de Sabadell, y cuyo código es el siguiente 00815051 51 0001215331. Las acciones no suscritas serán ofrecidas por el órgano de administración al resto de accionistas que hayan ejercitado su derecho de suscripción por todas las que poseían, para que puedan suscribirlas, dentro de los tres días siguientes a aquel en que termine el plazo de suscripción, en el domicilio social. Si varios ejercitan este derecho, se prorratearán esas acciones entre ellos, el tercer día del citado plazo de tres días, en proporción a las que hubieren suscrito, para lo que deberán personarse en el domicilio de la sociedad ese tercer día. Conocido el resultado de ese prorrateo, deberán formalizar la suscripción y proceder al ingreso del total nominal de las acciones suscritas en la forma dicha, dentro de los dos días siguientes. Si todavía quedaren acciones sin suscribir dentro de los indicados tres días, el órgano de administración podrá ofrecerlas a quien estime conveniente por otro plazo de tres días. Dentro de estos nuevos tres días, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo anterior, cualquier tercero podrá suscribir las que resten e ingresar el nominal correspondiente en la cuenta bancaria anteriormente citada. Séptimo.-Caso de no ser suscrito íntegramente el aumento de capital dentro del plazo fijado, se declarará su suscripción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas, de conformidad con el artículo 161.1 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

Oviedo, 24 de febrero de 2006.-Don Juan Ruiz Fernández, Secretario del Consejo de Administración.-10.267.

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