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Documento BORME-C-2006-46081

PROMOCINVER, S.I.C.A.V., S. A. (Sociedad absorbente) GOOD LION INVESTMENT S.I.C.A.V., S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 46, páginas 7150 a 7150 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-46081

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de «Promocinver S.I.C.A.V., S.A.» y «Good Lion Investment S.I.C.A.V., S.A.» celebradas en segunda convocatoria, el 31 de enero de 2006 acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción por «Promocinver S.I.C.A.V., S.A.» de «Good Lion Investment S.I.C.A.V., S.A.», con aprobación de los Balances de fusión cerrados al 18 de octubre de 2005, ajustándose a los términos del proyecto de fusión, con la disolución, sin liquidación, de la Sociedad absorbida y el traspaso en bloque a título universal de todos sus patrimonios a «Promocinver S.I.C.A.V., S.A.» y fijar los siguientes tipos de canje, conforme a lo establecido en el Proyecto de Fusión: 96 acciones de «Promocinver S.I.C.A.V., S.A.», de 5 euros de valor nominal, por cada 243 acciones de «Good Lion Investment S.I.C.A.V., S.A.» de 6 euros de valor nominal. Los picos de las acciones de la sociedad absorbida, que representen una fracción de acción de la sociedad absorbente serán adquiridos por esta a su valor liquidativo (7,752135 euros) correspondiente al día anterior al fijado para la celebración en primera convocatoria de las Juntas de Accionistas que han resuelto sobre la fusión. En ningún caso el importe efectivo satisfecho por la sociedad absorbente podrá exceder del límite del 10 por 100 previsto en el artículo 247.2 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fusión fue acordada conforme al proyecto de fusión aprobado por los respectivos Consejos de Administración el 17 de noviembre de 2005. La fecha a partir de la cual las operaciones de las Sociedades absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de «Promocinver S.I.C.A.V., S.A.» será la de 1 de enero de 2005. No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de las Sociedades intervinientes en la fusión, ni a favor de los expertos independientes que han intervenido en la misma, ni derechos especiales para ningún tipo de acciones.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, acreedores y personal de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan, que deberá ser ejercitado, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 166 de dicha Ley, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Madrid, 28 de febrero de 2006.-Los Secretarios de los Consejo de Administración, D.ª María Almudena García-Pita Ripollés y D. Manuel Oreja Arburúa.-9.838.

2.ª 7-3-2006

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