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Documento BORME-C-2006-243032

CENTRO INTERNACIONAL EL ALTILLO SCHOOL, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 243, páginas 42323 a 42323 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-243032

TEXTO

A los efectos del artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que la Junta General de Centro Internacional El Altillo School, Sociedad Anónima (la «Sociedad»), celebrada el día 19 de diciembre de 2006, acordó la reducción de capital a cero para compensar pérdidas y el simultáneo aumento de capital en 2.000.000 de euros, mediante la emisión de 2.000.000 de nuevas acciones ordinarias de 1 euro de valor nominal cada una, de la misma clase y serie, que deberán ser desembolsadas mediante aportaciones dinerarias en el momento de su suscripción, para el restablecimiento del equilibrio patrimonial de la Sociedad. La eficacia de la reducción de capital queda condicionada a la ejecución del aumento de capital. Se ofrecen las nuevas acciones a los actuales accionistas durante un plazo de treinta y cinco días a contar desde la fecha de esta publicación para que puedan ejercitar su derecho de suscripción preferente. Cada accionista podrá suscribir (y desembolsar en el mismo acto), bajo su derecho de suscripción preferente, un número de acciones proporcional al porcentaje de capital social que ostentaban hasta la fecha (sin contar las 2.000 acciones de autocartera, que se entienden amortizadas junto con el resto de las acciones en virtud de este acuerdo), es decir, por cada acción antigua podrán suscribirse 16,687943795 acciones nuevas, teniendo en cuenta que el número de acciones a suscribir tiene que ser un número entero (los derechos de suscripción preferente respecto a restos decimales podrán transmitirse entre accionistas y agruparse hasta completar números enteros). Primera vuelta: La suscripción y desembolso del aumento por parte de los accionistas se deberá realizar dentro del mencionado plazo de treinta y cinco días mediante ingreso en la cuenta corriente número 0182-5475-66-0013009132 abierta a nombre de la Sociedad en el Banco Bilbao Vizcaya, del importe total correspondiente al valor nominal de las acciones suscritas, debiendo indicarse expresamente la identidad del ordenante, la fecha, el concepto de la transferencia y el número de acciones que se suscriben («Suscripción de Aumento de Capital de Centro Internacional El Altillo School, Sociedad Anónima en relación con XXX acciones»), teniendo en cuenta que pueden suscribir un número de acciones proporcional al porcentaje de capital social que ostentaban hasta la fecha, como se ha indicado anteriormente. Dicha suscripción y desembolso deberán ser notificados a la Sociedad por el accionista mediante comunicación dirigida a ésta en la que se acompañe resguardo original del ingreso, con los conceptos indicados. Quienes deseen suscribir las nuevas acciones deberán acreditar la titularidad de su derecho de suscripción preferente mediante la entrega en el domicilio social de los títulos, resguardos provisionales o cualquier otro documento acreditativo de la titularidad emitido por la sociedad respecto de las acciones amortizadas en virtud de la reducción de capital acordada o, en su defecto, mediante la exhibición del documento que acredite de modo suficiente dicha titularidad. Segunda vuelta: Si, finalizado el mencionado plazo de treinta y cinco días, quedasen acciones que no hubiesen sido suscritas y completamente desembolsadas, éstas serán ofrecidas por el Administrador único a los accionistas que hubieran hecho uso de dicho derecho de suscripción preferente, mediante comunicación escrita. En tal caso, dichos accionistas podrán, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha en la que el órgano de administración les hubiese ofrecido la suscripción de estas acciones no suscritas, suscribir y desembolsar (simultáneamente) dichas acciones. Si fueran varios los solicitantes, la atribución se realizará en proporción al valor nominal de las acciones que hayan suscrito y desembolsado en la primera vuelta, a cuyo efecto el órgano de administración deberá haber indicado en la comunicación mencionada el número máximo de acciones que cada uno de dichos accionistas tiene derecho a suscribir y desembolsar en la segunda vuelta (teniendo en cuenta que cada accionista podrá suscribir y desembolsar un número entero de acciones). El procedimiento de suscripción y desembolso de las acciones en segunda vuelta será el mismo que el previsto para la primera vuelta.

Si transcurridos los plazos previstos para la primera y segunda vuelta, el aumento no hubiese quedado íntegramente suscrito y desembolsado por los accionistas, el capital quedará ampliado en la cuantía de las suscripciones efectuadas.

Madrid, 21 de diciembre de 2006.-El Administrador único. Colegios Laude, S.L., Ramón Resa Rodríguez. 73.309.

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