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Documento BORME-C-2006-222090

MANCHEGA DE INSTALACIONES Y PROYECTOS, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 38439 a 38439 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-222090

TEXTO

JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA Reducción capital social

De conformidad con lo previsto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo de Administración de la entidad Manchega de Instalaciones y Proyectos, S.A., hace público que la Junta general celebrada con el carácter de extraordinaria y universal de esta entidad, en su reunión celebrada el día 22 de octubre de 2006, en el domicilio social, acordó por unanimidad de todos los asistentes, reducir el capital social en la cantidad de trescientos mil quinientos euros (300.500,00 euros), con la finalidad de devolución de aportaciones a los socios, todo ello en los siguientes términos:

1. La reducción de capital se lleva a cabo, en el plazo de un mes, mediante la amortización de cincuenta mil (50.000) acciones de la sociedad por adquisición ofrecida a los accionistas.

A tal efecto, por la sociedad se efectuará a todos los accionistas una oferta de compra de las expresadas acciones a un precio de siete con noventa y siete (7,97 €) euros por acción, dicha compra se efectuará con cargo a capital social por el nominal y con cargo a reservas de libre disposición e resto. 2. La propuesta de compra deberá ser publicada en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en dos periódicos de gran circulación de la provincia de Ciudad Real, lugar donde se halla el domicilio social de la compañía, y se mantendrá durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del correspondiente anuncio. 3. Si las acciones ofrecidas en venta excedieran del expresado número de cincuenta mil acciones fijado por la sociedad en virtud del expresado acuerdo, se reducirán las ofrecidas por cada accionista en proporción al número de acciones cuya titularidad ostente. 4. En el supuesto de que las acciones ofrecidas en venta no alcancen el número previamente fijado, se entenderá que el capital queda reducido en la cantidad correspondiente a las acciones adquiridas. 5. Las acciones adquiridas por la sociedad, deberán ser amortizadas dentro del mes siguiente a la terminación del plazo del ofrecimiento de compra.

Todo lo cual se comunica y hace públicos a los efectos legales oportunos, haciéndose constar que al realizarse la reducción de capital con cargo a beneficios y reserva libre, queda excluido el derecho de oposición a la reducción de capital reconocido a los acreedores sociales en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Valdepeñas, 30 de octubre de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración.-65.084.

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