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Documento BORME-C-2006-221043

EUSKOHEEDER, S. L. (Sociedad parcialmente escindida) VARONA Y VILLANUEVA, S. L. (Sociedad beneficiaria en constitución)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 38260 a 38260 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-221043

TEXTO

Acuerdo de escisión parcial

Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Euskoheeder, Sociedad Limitada aprobó, por unanimidad, el día 15 de noviembre de 2006, la escisión parcial de Euskoheeder, Sociedad Limitada (sociedad parcialmente escindida) mediante la segregación de parte de su patrimonio, constituido por 11.649 participaciones sociales de su titularidad representativas del 66,66% del capital social de su sociedad filial, Obras Públicas y Pavimentaciones 2002, Sociedad Limitada, que se traspasan en bloque a una sociedad de nueva creación Varona y Villanueva, Sociedad Limitada (sociedad beneficiaria de la escisión) y que se constituirá simultáneamente a la escisión. Euskoheeder, Sociedad Limitada continuará existiendo con la parte del patrimonio no segregado, reduciendo su capital social y sus reservas, en los términos previstos en el Proyecto de Escisión Parcial, de fecha 15 de noviembre de 2006, que quedó depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya el día 16 de noviembre de 2006. Como consecuencia de la escisión parcial, se acordó la reducción del capital social de Eukoheeder, Sociedad Limitada, en la cantidad de ciento diez y seis mil cuatrocientos ochenta euros (116.480), mediante la amortización 16.640 participaciones sociales (de la 9.243 a la 17.562 y de la 26.305 a la 34.624) y la consiguiente modificación del artículo 5.º de los Estatutos Sociales de dicha sociedad.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Escisión, cerrado a 31 de octubre de 2006, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social. Los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión podrán oponerse a dichos acuerdos en el plazo y los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Bilbao, 15 de noviembre de 2006.-Administradores solidarios de Euskoheeder, Sociedad Limitada, Raúl Roberto Varona Ordoño y Felipe Villanueva López.-66.008.

1.ª 17-11-2006

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