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Documento BORME-C-2006-210056

INSUIÑA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) INSUA MAR, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedad absorbida) FRIVIPESCA GALICIA, SOCIEDAD ANÓNIMA Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 36074 a 36074 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-210056

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que por Junta Universal de Socios de Insuiña Sociedad Limitada, celebrada el 24 de Octubre de 2006, por decisión del único socio de Insua Mar Sociedad Limitada, de fecha 24 de Octubre de 2006, así como por decisión del único accionista de Frivipesca Galicia Sociedad Anónima, también de fecha 24 de Octubre de 2006, se acordó la fusión de las citadas sociedades, mediante la absorción por parte de Insuiña Sociedad Limitada de las sociedades unipersonales Insua Mar Sociedad Limitada y Frivipesca Galicia Sociedad Anónima, lo que implicará la extinción y disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de sus patrimonios sociales a la Sociedad Absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquéllas. Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al proyecto de fusión, redactado por los administradores de las sociedades participantes en la Fusión y depositados en los Registros Mercantiles de Pontevedra y Lugo.

Como la Sociedad Absorbente es titular de la totalidad de las participaciones y acciones de las Sociedades Absorbidas, no procede ampliar el capital social en la primera, ni la elaboración del informe de los administradores ni de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión de conformidad con el articulo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se aprobaron los respectivos Balances de Fusión cerrados a 31 de agosto de 2006, y las operaciones de las Absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por la Absorbente a partir del 1 de septiembre de 2006. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión, en los términos previstos por el articulo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Chapela-Redondela (Pontevedra), 25 de octubre de 2006.-Presidente del Consejo de Administración de Insuiña, Sociedad Limitada; Insua Mar, Sociedad Limitada y Frivipesca Galicia, Sociedad Anónima, Manuel Fernández de Sousa-Faro (Pescanova, Sociedad Anónima).

1.ª 31-10-2006

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