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Documento BORME-C-2006-136096

PROMAX ELECTRÓNICA, S. A. (Sociedad escindida) PROYECTOS MANTENIMIENTO AXIAL SERVICIO TÉCNICO, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 23044 a 23044 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-136096

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de accionistas de «Promax Electrónica, Sociedad Anónima», se celebró el 30 de junio de 2006 y se adoptaron por unanimidad entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.-Previa aprobación de los Balances de la sociedad a 31 de diciembre de 2005, como Balance de escisión, se aprueba la escisión parcial de «Promax Electrónica, Sociedad Anónima» en «Proyectos Mantenimiento Axial Servicio Técnico, Sociedad Limitada» en los términos contenidos en el proyecto de escisión redactado, aprobado y suscrito por el Consejo de Administración de la sociedad y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 2 de mayo de 2006 con las modificaciones de dicho proyecto depositadas en el Registro Mercantil de Barcelona el 28 de junio de 2006 . La escisión dará lugar a la creación de una nueva sociedad y al traspaso en bloque de parte de su patrimonio, a título particular a «Proyectos Mantenimiento Axial Servicio Técnico, Sociedad Limitada» que se constituirá con un capital de 3.545,90 euros, dividido en 59 Participaciones sociales, números 1 al 59 ambas inclusive, de valor nominal 60,10 euros cada una.

Segundo.-Se aprueba una relación de canje de una acción de «Promax Electrónica, Sociedad Anónima» por cada una de las participaciones de «Proyectos Mantenimiento Axial Servicio Técnico, Sociedad Limitada», sin que proceda compensación complementaria en dinero. Tercero.-Las operaciones de la sociedad escindida se considerarán a efectos contables hechas por la beneficiaria a partir del 1 de noviembre de 2006. Cuarto.-No existe en la entidad escindida titulares de derechos especiales y no está prevista la atribución de ventajas ni privilegios a los administradores de ninguna de las sociedades participantes en la escisión, ni tampoco a los expertos independientes.

El presente anuncio se pública en cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, haciéndose constar el derecho de los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión, asimismo se hace constar el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las entidades participantes en la escisión conforme señala el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante un mes desde el último anuncio de escisión.

Barcelona, 30 de junio de 2006.-El Secretario de «Promax Electrónica, Sociedad Anónima», d. José María Clotet Huertas.-43.519. y 3.ª 19-7-2006

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