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Documento BORME-C-2006-106149

TRANSPORTISTAS ABULENSES UNIDOS, SOCIEDAD LIMITADA DE COMERCIALIZACIÓN

Publicado en:
«BORME» núm. 106, páginas 18487 a 18487 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-106149

TEXTO

La Señora Doña María Gracia Martín-Duarte Cacho, Magistrado de Primera Instancia número 2 de Ávila, y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Menor Cuantía 252/1999, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Don León Muñoz Redondo, Luis Rodríguez Martín, Avitrans Urgente, Sociedad Limitada, con Procurador Don José Antonio García Cruces y Letrado Señora Doña Carmen Lomeña Caballero, y de otra como demandado Transportistas Abulenses Unidos, Sociedad Limitada de Comercialización, con Procuradora Doña Ana Isabel Sánchez García y Letrado Señor Don José Celestino Maneiro Amigo, sobre Menor Cuantía, y, Fallo: Que estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador Señor García Cruces en nombre y representación de Don León Muñoz Redondo, Avitrans Urgente, Sociedad Limitada y Don Luis Rodríguez Martín, contra Transportistas Abulenses Unidos, Sociedad Limitada de Comercialización, representada por la Procuradora Señora Sánchez García, debe declarar y declaro:

1.º La nulidad de los acuerdos adoptados en la Junta General de Socios de la entidad demandada, celebrada el 19 de junio de 1999.

2.º La inscripción de la presente sentencia, una vez firme, en el Registro Mercantil de Ávila. 3.º La publicación en extracto en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. 4.º En caso de que los acuerdos declarados nulos estuviesen inscritos en el Registro Mercantil, se acuerda la cancelación de su inscripción y de cuantos asientos posteriores resulten contradictorios con ellos.

Se absuelve a la demandada del pedimento relativo a la nulidad de todos los acuerdos posteriores a la Junta de 19 de junio de 1999.

Todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Notifíquese esta sentencia a los litigantes. Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Ávila, 20 de enero de 2001.-34.764.

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