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Reducción de Capital
De conformidad con lo prevenido en los artículos 80 y 81 de la Ley de Sociedades Limitadas, se hace público que la Junta Universal de Accionistas de esta Sociedad celebrada el 30 de octubre de 2004, ha adoptado el acuerdo de reducir el capital social en noventa y dos mil novecientos sesenta y un euros y noventa y cuatro céntimos de euro, mediante la reducción del valor nominal en 5,81012 euros por participación social. La finalidad de la reducción, tras la cual el capital social queda reducido a tres mil doscientos euros es, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 80 y concordantes de la Ley de Sociedades Limitadas, la devolución de aportaciones a los socios.
Los señores acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha del acuerdo de reducción, tendrán derecho a oponerse en la forma establecida en el artículo 80, 81 y concordantes de la Ley de Sociedades Limitadas.
En Madrid, a 4 de abril de 2005.-El Administrador Solidario. Doña Ivonne Sánchez Tapia.-15.366.
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