La Junta General de Aguipesa, Sociedad Limitada, adoptó, el día 30 de junio de 2004, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, el acuerdo de escindir totalmente y consecuentemente extinguir Aguipesa, Sociedad Limitada, con división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque a cada una de dos sociedades de nueva creación que se denominarán, respectivamente, Aguipesa, Sociedad Limitada, y Mármara Capital, Sociedad Limitada. Estas dos últimas sociedades se constituirán simultáneamente a la escisión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios de la actual Aguipesa, Sociedad Limitada, así como a sus acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de Aguipesa, Sociedad Limitada, sito en Madrid, Paseo de la Castellana, 31, 5.o Los acreedores de Aguipesa, Sociedad Limitada, podrán oponerse a dichos acuerdos en el plazo y en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 30 de junio de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración de Aguipesa, Sociedad Limitada, Joaquín Díaz-Regañón Vila.-36.236.
2.a 20-7-2004.
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