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El Consejo de Administración ha acordado el 29 de abril de 2003 convocar a los Sres. Accionistas a la Junta General Ordinaria, a celebrar en primera convocatoria el día 3 de junio de 2003, a las trece horas, en el Hotel Príncipe de Vergara (Salón Pedralbes), en Madrid, Príncipe de Vergara 92, y el día 4 de junio de 2003, en segunda convocatoria, a la misma hora y lugar, caso de no reunirse el quórum necesario, a fin de resolver sobre el siguiente Orden del día Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria) y propuesta de aplicación del resultado, correspondientes al ejercicio 2002.
Segundo.-Examen y aprobación, en su caso, de la gestión social en el mismo ejercicio.
Tercero.-Dotación, con cargo a reservas de libre disposición, de la reserva exigida por el artículo 79.3de la Ley de Sociedades Anónimas.
Cuarto.-Modificación del artículo 28 estatutario sobre composición del Consejo de Administración.
Quinto.-Modificación del artículo 2estatutario sobre el objeto social.
Sexto.-Modificación de los estatutos para incorporar a los mismos una Disposición Adicional Primera reguladora de la composición, competencia y funcionamiento del Comité de Auditoría, en cumplimiento de la Disposición Adicional 18de la Ley del Mercado de Valores.
Séptimo.-Fijación del número de miembros del Consejo. Reelección, ratificación o nombramiento de Consejeros.
Octavo.-Reelección o nombramiento de Auditores.
Noveno.-Delegación de facultades en el Consejo de Administración para que una o varias veces acuerde aumentar el capital social en el plazo y límite legales, fijando en su caso la prima y con facultad de excluir el derecho de suscripción preferente si concurren las circunstancias exigidas por la ley, pudiendo dar nueva redacción al precepto estatutario sobre el capital y solicitar la admisión a nego ciación en las Bolsas de Valores españolas de los nuevos títulos emitidos.
Décimo.-Delegación de facultades en el Consejo de Administración para la emisión de obligaciones u otros valores que reconozcan o creen una deuda y para solicitar su admisión a negociación en las Bolsas de Valores españolas, dejando sin efecto la delegación que la Junta acordó el 31 de marzo de 1998.
Undécimo.-Autorización para la adquisición derivativa de acciones propias, directamente o a través de Sociedades de la que ésta sea dominante, que pueda incluir como finalidad adquirir acciones en méritos de derechos de opción convenidos como sistema retributivo con el Consejero Delegado, dejando sin efecto la autorización acordada por la Junta el 30 abril 2002.
Duodécimo.-Fijación de la cuantía prevista en el artículo 29estatutario.
Decimotercero.-Aprobación de la modificación del sistema de retribución del Consejero Delegado relativo a acciones de la Sociedad o derechos de opción sobre las mismas.
Decimocuarto.-Delegación de facultades en el Consejo de Administración para que ejecute los precedentes acuerdos y los subsane si fuera el caso.
Decimoquinto.-Aprobación del acta de la Junta o en su defecto nombramiento de Interventores.
A partir de la publicación de esta convocatoria, cualquier accionista podrá obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que se someten a la aprobación de la Junta, el Informe de Gestión y el informe de los Auditores de Cuentas, así como los informes justificativos de las propuestas de modificación estatutaria y de delegación de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente en aumentos de capital acordados por delegación por los Administradores.
Tienen derecho de asistencia a la Junta los poseedores de un mínimo de trescientas acciones que las tengan inscritas en el registro contable encomendado a las entidades participantes en los sistemas gestionados por la Sociedad de Sistemas (Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores Sociedad Anónima) con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta. A los efectos del derecho de asistencia, podrán agruparse los poseedores de menos de trescientas acciones, hasta reunir esa cifra como mínimo.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta por medio de otro accionista, debiendo emitir la representación con carácter especial para esta Junta y por escrito, salvo los supuestos previstos en el artículo 108 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 29 de abril de 2003.-El Presidente del Consejo de Administración, Ladislao de Arriba Álvarez.-21.229.
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