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Documento BORME-C-2003-79175

LEVANTE UNIÓN DEPORTIVA, S. A. D.

Publicado en:
«BORME» núm. 79, páginas 10427 a 10427 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-79175

TEXTO

Anuncio El Consejo de Administración del "Levante Unión Deportiva, Sociedad Anónima Deportiva", haciendo uso de las facultades que le fueron delegadas en la Junta General Extraordinaria celebrada el pasado día 16 de Noviembre de 2002, comunica que mediante acuerdo adoptado en su reunión del día 1 de Abril de 2003, ha aprobado iniciar la ejecución del acuerdo de ampliación de capital adoptado por la sociedad en la citada Junta General Extraordinaria.

A estos efectos, se comunica a los accionistas de la sociedad que, desde el próximo día 1 de Mayo de 2003 y hasta el próximo día 31 de Mayo del mismo año, podrán suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean, es decir (1 ^ 1), una acción nueva por cada una antigua.

La suscripción se efectuará en las oficinas de la Sociedad, sitas en Valencia, Paseo de la Alameda, número 34 -7.o-A. El accionista que desee ejercitar su derecho de suscripción preferente, deberá personarse por sí o por representante en la sede social a fin de firmar el correspondiente Boletín de Suscripción, en el que se indicará el nombre del accionistas, el número de acciones a suscribir y el importe del desembolso de las mismas. Los servicios de la entidad facilitarán y comprobarán las acciones de las que son titulares conforme al Libro Registro de Acciones.

En el supuesto de que el accionistas no desee ejercitar su derecho de suscripción preferente, y le interese su transmisión, podrá efectuarlo por cualquier medio permitido en derecho. A fin de facilitar la operación de transmisión, el accionista podrá acudir a las oficinas de la Sociedad, en las cuáles se dispondrá del documento de transmisión de tales derechos. Para la suscripción de las acciones derivadas de la adquisición del derecho de suscripción preferente, los accionistas deberán presentar el documento acreditativo de la compra, quedando un ejemplar del mismo en los archivos de la entidad.

Una vez firmado el Boletín de Suscripción de Acciones propias o derivadas de la adquisición de derechos de suscripción preferente el accionista procederá al ingreso del desembolso de las acciones que suscriba en la caja del Club, debiendo en el mismo día aportar el resguardo de dicho ingreso; en este momento se considerará perfeccionada la suscripción.

Finalizado el plazo de suscripción de acciones, si alguno de los accionistas no hicieran uso de su derecho de preferencia a esta suscripción, el Consejo de Administración de la Entidad, en ejecución del acuerdo social adoptado, podrá disponer, de la forma que considere más conveniente, de la totalidad de las acciones que no hubieran resultado suscritas.

Valencia, 22 de abril de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración, Jorge Francisco Lucas Diranzo.-15.968.

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