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En cumplimiento del acuerdo de la Junta general extraordinaria de 28 de marzo de 2003 y del artículo 158.1 de la Ley de Sociedades Anónimas, se publica la presente oferta de suscripción de acciones a los accionistas de esta compañía, considerando las siguientes condiciones de emisión: Primera.-Aumento del capital social en la cantidad de un millón ochenta y un mil ochocientos dieciocho (1.081.818) euros mediante la emisión a la par de 1.800 nuevas acciones ordinarias de 601,01 euros de valor nominal cada una, todas ellas de la misma y única serie, que irían numeradas correlativamente del 301 al 2.100, ambas inclusive.
Las acciones serían nominativas hasta su total desembolso, pasando después a ser al portador.
Segunda.-El contravalor de las acciones consistirá íntegramente en nuevas aportaciones dinerarias, tanto el desembolso inicial como los desembolsos pendientes.
Tercera.-El desembolso habría de hacerse en un 25 por 100 al tiempo de su suscripción y el resto de los dividendos pasivos se desembolsará en 5 plazos anuales iguales.
Cuarta.-Se respeta el derecho de suscripción preferente de los socios a razón de 6 acciones nuevas por cada acción antigua que se posea.
Quinta.-El importe de la aportación inicial habrá de ingresarse en la cuenta corriente 0075 0721 83 0600118062, abierta en el "Banco Popular Español", sucursal de la plaza Espronceda de Almendralejo (Badajoz).
Sexta.-Se concede a los actuales accionistas para la suscripción de las nuevas acciones el plazo de un mes a contar desde la publicación de la oferta de suscripción de la nueva emisión en el BORME, debiendo comunicar por escrito al Presidente de la sociedad su decisión de acudir a la ampliación, expresando el número de nuevas acciones que suscriben. Con dicha comunicación escrita, que habrá de tener entrada en el domicilio social antes de las quince horas del día siguiente a la expiración de dicho plazo, habrá de aportarse copia del justificante bancario de haber ingresado el importe de la aportación correspondiente en la cuenta referida.
Sin dicha justificación no se estimará válida la suscripción.
Séptima.-El importe de los desembolsos pendientes se ingresará en la misma cuenta bancaria antes expresada antes del día 28 de marzo de cada uno de los cinco años correlativos en los que se ha fraccionado el pago de los mismos.
Octava.-Se aceptará la suscripción incompleta.
En caso de resultar incompleta la suscripción de las nuevas acciones, no se contempla la posibilidad de ofrecer las acciones sobrantes al resto de accionistas que sí hubieren suscrito acciones ni tampoco a terceros no accionistas. Una vez ultimado el proceso de ampliación, se acomodará el capital social al resultado efectivo de la ampliación.
Novena.-Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de la sociedad.
Décima.-Una vez ultimado el proceso de suscripción de las acciones emitidas, la administración social proporcionará los títulos a los suscriptores.
Almendralejo, 28 de marzo de 2003.-El Presidente, Luis Carlos Henriques Bonina Zuzarte Reis.-13.261.
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