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Convocatoria de Junta General extraordinaria El Administrador Único de "Centro Médico y Asistencia a domicilio, S.L.", ha acordado convocar Junta general extraordinaria de socios a celebrar el día 5 de mayo de 2003, en el domicilio social, sito en Ceuta Plaza de Maestranza n7, bajo izquierda, a las veintiuna horas, en primera convocatoria, y en su caso el día siguiente, 6 de mayo de 2003, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente: Las menciones mínimas de este proyecto son.
A) Identificación de las sociedades que participan en la fusión: 1.-Sociedad absorbente: "Unión Provincial Sanitaria, Sociedad Anónima" (en adelante, indistintamente Unión Provincial Sanitaria o la sociedad absorbente), sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Ceuta, calle Sargento Mena número 4, Inscrita en el Registro Mercantil de Ceuta, al tomo 33, libro 22, folio 27, hoja 348, inscripción primera y provista de código de identificación fiscal número A-11906567.
2.-Sociedad absorbida: "Centro Médico y Asistencia a Domicilio, Sociedad Limitada" (en adelante, indistintamente Centro Médico y Asistencia a Domicilio o la sociedad Absorbida), sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Ceuta, plaza de Maestranza número 7, bajo izquierda, Inscrita en el Registro Mercantil de Ceuta al tomo 60, folio 51, hoja número CE-628, inscripción primera y provista de código de identificación fiscal número B-11959731.
B) Innecesariedad del tipo de canje de las acciones: Conforme prevé el artículo 250 de LSA al tratarse la presente fusión de dos sociedades mercantiles en la que la sociedad absorbente es titular de todas las participaciones de la sociedad absorbida no es preciso incluir en el proyecto de fusión las menciones relativas al tipo de canje de las acciones, ni el procedimiento por el que serán canjeadas las participaciones la sociedad que haya de extinguirse, la fecha a partir de la cual las nuevas acciones darán derecho a participar en las ganancias sociales y cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho.
C) Fecha de consideración de operaciones a efectos contables: Las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente, que asumirá todos los derechos y obligaciones derivados de dichas operaciones a partir del uno de enero de dos mil tres.
D) Titulares de acciones de clases especiales y a quienes tengan derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad que debe extinguirse: No existen titulares de acciones de clases especiales ni de derechos especiales distintos de las acciones ni en la sociedad absorbente ni en la sociedad absorbida. En consecuencia, en la fusión no se prevé el otorgamiento de acciones de clases especiales ni de derechos especiales distintos de las acciones a los socios ni a terceros no socios de la sociedad absorbente o absorbida en la fusión en la fusión.
E) Atribución de ventajas: No se le atribuirán ventajas de ningún tipo como consecuencia de la fusión a la Administración social de las sociedades absorbente y absorbida ni a los expertos independientes que intervengan en el proyecto de fusión.
Derechos de asistencia e información: Podrán asistir a la Junta general todos los socios, estos podrán hacerse representar por medio de cualquier persona: las delegaciones deberán contener las instrucciones sobre el sentido del voto, entendiéndose que de no impartirse éstas, el representante votará a favor de las propuestas de acuerdos.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 238 y 240.2 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas se hace constar el derecho que corresponde a todos los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de examinar en el domicilio social los documentos que se indican a continuación, así como obtener la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los mismos.
I) Proyecto de fusión. II) el informe del experto independiente sobre el proyecto de fusión.
III) el informe conjunto de los Administradores sobre el proyecto de fusión. IV) las cuentas anuales y el informe de gestión de los tres últimos ejercicios de las sociedades que participan en la fusión, con el correspondiente informe de los Auditores de cuentas. V) el Balance de fusión verificado por los Auditores de cuentas. VI) los Estatutos vigentes de las sociedades que participan en la fusión, en los cuales no se introducirá ninguna modificación como consecuencia de la misma. VII) la relación de nombres, apellidos, edad, nacionalidad y domicilio de los socios de las sociedades que participan en la fusión, con indicación de la fecha desde la que desempeñan sus cargos.
Orden del día Primero.-Aprobación del proyecto de fusión, suscrito por los Consejos de Administración de las sociedades "Unión Provincial Sanitaria, Sociedad Anónima", y "Centro Médico y Asistencia a Domicilio, Sociedad Limitada", con fecha 26 de Febrero de 2003, y, en consecuencia de la fusión por absorción de "Centro Médico y Asistencia a Domicilio, Sociedad Limitada", por parte de "Unión Provincial Sanitaria, Sociedad Anónima", aprobando, asimismo como Balance de fusión el cerrado a 31 de diciembre de 2002.
Segundo.-Delegación de facultades en el Administrador Único para la ejecución desarrollo, elevación a instrumento público y subsanación, en el caso, de los acuerdos que se adopten por la Junta.
Tercero.-Sometimiento de la operación al Régimen Fiscal previsto en el capítulo VIII del título VIII de la Ley 47/1995 de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
En Ceuta, 26 de marzo de 2003.-María E.
Muñoz Romero, Directora-Gerente.-12.197.
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