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Documento BORME-C-2003-47073

PANIFICADORA DE TENERIFE, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 47, páginas 5900 a 5900 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-47073

TEXTO

Declaración de mora por falta de pago de dividendos pasivos En conformidad: (a) al artículo 42 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, (b) al acuerdo de la Junta General de la sociedad celebrada el día 9 de enero de 1996, y que se elevó a público el día 9 de enero de 1996 con intervención del notario de La Laguna don José Sánchez Aguilera, y que causó la inscripción octava en la hoja abierta de la sociedad en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, y (c) al acuerdo del Consejo de Administración celebrado el día 13 de febrero de 2003, al no haberse procedido al desembolso de los dividendos pasivos en los términos y plazos señalados y exigidos en el acuerdo de la Junta General de la sociedad celebrada el día 9 de enero de 1996, se exige a todos los socios obligados el desembolso íntegro en efectivo metálico del dividendo pasivo pendiente de las acciones que fueron suscritas y desembolsadas en un 25 por ciento el día 9 de enero de 1996, en un plazo máximo de diez días desde esta publicación, advirtiendo que de no procederse al pago el accionista será declarado en Mora, con los efectos previstos en el artículo 44, 45 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas.

La Laguna, 13 de febrero de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de "Panificadora de Tenerife, S. A.", Gabriel García Casado.-7.967.

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