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Anuncio de escisión parcial La Junta general extraordinaria y universal de "Cilindros y Cromados, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, celebrada el día 11 de diciembre de 2002, se aprobó, por unanimidad, de todos los socios, el acuerdo de escisión parcial sin disolución y sin liquidación de la sociedad, por la cual se transmite en bloque una parte del patrimonio de "Cilindros y Cromados, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedad parcialmente escindida), que forma una unidad económica independiente (rama de actividad), a "Cilindros y Cromados Palentinos, Sociedad Limitada" (sociedad beneficiaria de nueva creación), quien se subrogará en todos los derechos y obligaciones derivados del patrimonio escindido.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Asimismo, se hace constar, también, de conformidad con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión, dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha del tercer y último anuncio de escisión parcial, en los términos previstos legalmente.
Dueñas (Palencia), 26 de diciembre de 2002.-Los Administradores únicos de las sociedades intervinientes, Jesús Becoechea Gómez y María Concepción de la Rosa Álvarez.-56.795.
2.a 8-1-2003.
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