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Documento BORME-C-2003-242018

COLEGIO LAS ROSAS, SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL

Publicado en:
«BORME» núm. 242, páginas 35451 a 35451 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-242018

TEXTO

Convocatoria de Junta General Extraordinaria de Accionistas Por acuerdo del Consejo de Administración de la sociedad, se convoca a los accionistas de "Colegio Las Rosas, Sociedad Anónima Laboral" a Junta General que se celebrará en el domicilio social, (Avenida de Niza, número 24), el día 15 de Enero de 2.004, a las dieciocho horas treinta minutos, en primera convocatoria, y en caso de no haber quórum suficiente el día siguiente, 16 de Enero de 2.004, a las diecinueve horas treinta minutos, en segunda convocatoria, para decidir sobre los asuntos comprendidos en el siguiente Orden del día Primero.-Dar cuenta del estado del expediente administrativo para la descalificación de la sociedad como laboral y decisión a adoptar al respecto.

Segundo.-Transformación de la sociedad en Sociedad de Responsabilidad Limitada y consiguiente modificación de los estatutos sociales.

a) Modificación de todos aquellos artículos que contienen referencias a la condición de sociedad laboral, suprimiendo de los mismos dichas referencias o el artículo correspondiente.

b) Cambio de la numeración de los artículos 2.o y 3.o de los estatutos, de modo que el artículo 2.o pase a ser el 3y viceversa.

c) Actualización en el artículo 2relativo al objeto social de la denominación de las actividades escolares, sin que ello implique cambio del objeto social.

d) Modificación del artículo 5.o, relativo al capital social. División de las participaciones sociales en dos clases, que se diferencia por el distinto régimen de transmisión de las participaciones que la integran.

e) Modificación de los artículos de los estatutos que regulan las limitaciones a la libre transmisibilidad de las acciones. Refundición en un solo artículo, (el 6.o), que regula el régimen de transmisión de las dos clases de participaciones sociales, estableciendo distintas limitaciones para cada una de ellas.

f) Cambio de la numeración del artículo 12 de los estatutos -relativo a la extinción de la relación laboral de los socios trabajadores y sus efectosque pasará a ser el apartado III del artículo 6.o-.

g) Modificación de los artículos 13 al 31, ambos inclusive relativos a la Junta general y al Órgano de Administración, para adaptarlos a la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, que pasan a ser los artículos 8.o al 20.-En especial: determinación de las competencias de la Junta General y del Órgano de administración; fijación de los modos de organizar la administración de la sociedad; reducción a 15 días del plazo que ha de existir entre la convocatoria y la fecha prevista para la celebración de las Juntas generales; determación del sistema de retribución de los administradores h) Supresión de los artículos 32 y 34.

i) Modificación del artículo 35, relativo a la disolución y liquidación de la sociedad, que pasa a ser regulada por los artículos 21 y 22.

Tercero.-Aprobación de un nuevo texto íntegro de los estatutos sociales.

Cuarto.-Propuesta de que la sociedad continúe siendo administrada por un Consejo de administración. Confirmación en sus cargos de las actuales Señoras Consejeras.

Quinto.-Confirmación en su cargo del Auditor de cuentas.

Sexto.-Aprobación del balance de la sociedad cerrado el día anterior al señalado para la celebración de la Junta en primera convocatoria.

Séptimo.-Destino de la reserva especial dotada por exigencia del artículo 14 de la Ley de sociedades laborales.

Octavo.-Aprobación de los acuerdos a que llegaron las Señoras Consejeras con el profesorado del centro de enseñanza para la ejecución de trabajos ajenos a lo estrictamente docente y su remuneración; y decisión acerca del desempeño de tales trabajos en el futuro y de su remuneración.

Noveno.-Fijación de la cantidad que, en concepto de remuneración, han de percibir, durante el presente ejercicio, las integrantes del Consejo de administración por el desempeño del cargo de Consejeras.

Décimo.-Autocartera, Autorización al Consejo de administración para la adquisición de participaciones sociales propias en los casos en que lo permite la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Undécimo.-Redacción, lectura y aprobación del acta, si procede.

Podrán asistir a la Junta los titulares de acciones que, con cinco días de antelación al señalado para su celebración en primera convocatoria, figuren inscritos como tales en el Libro registro de acciones.

-Los accionistas que no voten a favor del acuerdo a que se refiere el punto 2.o e) del orden del día no quedarán sometidos a él durante un plazo de tres meses contados desde la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, de conformidad con lo que disponen los artículos 146 y 226 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se ponen a disposición de los accionistas, de conformidad con lo establecido en el artículo 144 de la Ley de Sociedades Anónimas, los documentos a que dicho precepto se refiere (texto íntegro de la modificación propuesta e informe sobre la misma), que tienen derecho a examinar en el domicilio social, así como a pedir su entrega o envío gratuito.

En Madrid a, 10 de diciembre de 2003.

-Presidenta del consejo de administración, Isabel Ardana Collado.-56.731.

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