En cumplimiento de lo previsto en el artículo 263 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único, en ejercicio de las competencias de la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de fecha 20 de noviembre de 2003, decidió disolver la compañía al amparo de lo establecido en el artículo 260.1.1de la Ley de Sociedades Anónimas. Al considerarse una disolución, con liquidación, se inicia a partir de este momento el proceso de liquidación social.
Barcelona, 20 de noviembre de 2003.-La Liquidadora única, Cristina Llarás Jordana.-52.301.
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