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Documento BORME-C-2003-207024

GEFINSA INVERSIÓN, S. L. Sociedad unipersonal

Publicado en:
«BORME» núm. 207, páginas 29416 a 29416 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-207024

TEXTO

Decisiones del Socio único ejercitando las competencias de la Junta General Extraordinaria de Socios de la mercantil "Gefinsa Inversión, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal)", adoptadas el día 1 de octubre de 2003, en Almería, calle Suflí, número 4: 1. Disolver la entidad conforme a lo dispuesto en el artículo 104, apartado primero, letra b), de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

2. Aceptar la disolución de la sociedad mediante la cesión global del activo y pasivo a favor del socio único, la entidad "Funespaña, Sociedad Anónima", con domicilio social en Almería, calle Suflí, sin número, Rotonda Cuesta Los Callejones, con C.I.F. número A04128732, constituida como sociedad de responsabilidad limitada mediante escritura otorgada el día 14 de septiembre de 1990, ante el Notario de Almería Don Alberto Agüero de Juan y rectificada por otra otorgada ante el mismo Notario el día 8 de octubre de 1990 e inscrita en el Registro Mercantil de Almería al folio 151, del tomo 11 general de sociedades, hoja 251-AL, inscripción 13.a; transformada en Sociedad Anónima y adaptados sus estatutos a la nueva Ley, mediante escritura de Transformación de Sociedad de Responsabilidad Limitada en Sociedad Anónima, Adaptación de Estatutos a la Nueva Legislación Mercantil en materia de Sociedades, Aprobación de Balance y Nombramiento de Administradores, otorgada ante el mismo Notario referido el día 30 de marzo de 1995, bajo el número 786 de protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de Almería al folio 159, del tomo 240, sección 8.a de Sociedades, hoja 251-AL, inscripción 6.a Se hace constar que tanto los acreedores de la sociedad cedente como los acreedores de la sociedad cesionaria tendrán derecho a obtener en el domicilio social de la cedente el texto íntegro del acuerdo de cesión.

Asimismo se hace constar conforme a lo dispuesto en los artículos 117 de la Ley de Sociedades Limitadas y 246 del Reglamento del Registro Mercantil, el derecho de oposición que ostentan los acreedores de las sociedades cedente y cesionaria a la cesión por el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio publicado.

Madrid, 8 de octubre de 2003.-El Administrador Solidario, Juan Antonio Valdivia Gerada.-47.306.

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