Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que habiendo transcurrido el plazo de un mes conferido para la presentación al canje de los resguardos provisionales, se ha procedido a la anulación de los mismos y a la emisión de títulos múltiples representativos de acciones de la sociedad.
Madrid, 16 de diciembre de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración, Ugo Tarabusi López.-56.724.
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