En cumplimiento de lo establecido en el artículo 161, 2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que ha quedado sin efecto el acuerdo de reducción a cero y simultáneo aumento del Capital Social, aprobado por la Junta General Ordinaria de 24 de mayo de 2003, por no haberse realizado la suscripción mínima exigida por tal acuerdo.
Zaldibia, 3 de octubre de 2003.- El Secretario del Consejo de Administración, Carlos Zaragüeta Yoldi.-46.149.
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