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Documento BORME-C-2003-189007

BMS CARTERA, SIMCAV, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 26202 a 26202 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-189007

TEXTO

Acuerdo de Junta General de Accionistas La Junta General de Accionistas de BMS Cartera, SIMCAV, S.A., celebrada el pasado día 13 de junio de 2003, acordó por unanimidad modificar el artículo 5 de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

El acuerdo no supone ni tiene por finalidad ni la devolución de aportaciones, ni la condonación de dividendos pasivos, ni la constitución de reservas ni el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad; no se trata, pues, de una reducción de capital en sentido técnico jurídico, sino de una disminución de las cifras de capital inicial y estatutario máximo, sin modificar la cifra de capital en circulación actual. Así y con el fin de dotar a la Sociedad de mayor liquidez y adaptarse a la realidad de mercado presente, se propone modificar las cifras de capital social inicial y del capital estatutario máximo.

El nuevo texto del artículo 5 de los Estatutos pasa a tener la siguiente redacción: Artículo 5. Capital social.

1. El capital social inicial queda fijado en tres millones ciento noventa y dos (3.000.192) euros, representado por cuatrocientas noventa y nueve mil doscientas acciones (499.200) acciones nominativas, de seis euros con un céntimo de euro nominal de valor nominal cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

2. El capital estatutario máximo se establece en treinta millones un mil novecientos veinte euros (30.001.920), representado por cuatro millones novecientas noventa y dos mil (4.992.000) acciones nominativas, de seis euros con un céntimo de euro de valor nominal cada una.

3. La Sociedad cumplirá cuantos requisitos le sean exigidos para la admisión y permanencia en la cotización oficial de sus acciones.

4. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta general.

Madrid, 22 de septiembre de 2003.-La Vicesecretaria del Consejo de Administración. D.a Sara Guitart Burgos.-43.655.

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